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COMISIÓN UNIVERSIDAD-EMPRESA “Artículo 18. Participación de los Agentes Públicos de Ejecución en sociedades mercantiles y autorización para prestar servicios en sociedades mercantiles. 1. Las Universidades públicas, el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública en el caso de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, o las autoridades competentes en el caso de los Centros del Sistema Nacional de Salud o vinculados o concertados con éste, o de y los Organismos de investigación de otras Administraciones Públicas, podrán autorizar al personal investigador la prestación de servicios, mediante un contrato laboral a tiempo parcial y de duración determinada, en sociedades mercantiles empresas innovadoras de base tecnológica, definidas en el artículo 36.quater de esta Ley, creadas o participadas por la entidad para la que dicho personal preste servicios, o en las que dicha entidad ostente derechos económicos. Esta autorización requerirá la justificación previa, debidamente motivada, de la participación del personal investigador en una actuación relacionada con las prioridades científico técnicas establecidas en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología o en la Estrategia Española de Innovación el desarrollo y la explotación de resultados de la actividad investigadora que se hubieran generado en actividades de investigación de la entidad para la que preste servicios. Tal autorización deberá ser acordada por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública en el caso de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, o las autoridades competentes en el caso de las restantes entidades, quienes podrá delegar dicha competencia, por razones de celeridad, en favor de cargos o comisiones delegadas con mandato expreso al efecto. 2. Los reconocimientos de compatibilidad no podrán modificar la jornada ni el horario del puesto de trabajo inicial del interesado, salvo que la entidad considere oportuna su adecuación con motivo de la autorización de la prestación de servicios, y quedarán automáticamente sin efecto en caso de cambio de puesto en el sector público. 54