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COMISIÓN UNIVERSIDAD-EMPRESA
sea la naturaleza de la relación jurídica con los mismos, se establecerán por
cada organismo o entidad, atendiendo a sus características concretas. En
los Organismos Públicos de Investigación y otros centros de investigación
dependientes de la Administración General del Estado, la participación que
corresponderá al personal investigador será de, al menos, un tercio de los
beneficios obtenidos por la entidad de la explotación de la invención. En los
centros de investigación dependientes de otras Administraciones Públicas,
éstas establecerán el porcentaje aplicable en el ámbito de sus competencias.
Esta participación no tendrá en ningún caso naturaleza retributiva o salarial.”
3.1.3. Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
Propuesta: Modificar la Disposición Adicional decimonovena, referente a la
compensación económica que corresponde al personal investigador por la
generación de obras protegidas por la normativa de propiedad intelectual.
Objetivo de la reforma: Establecer un porcentaje mínimo de participación
del personal investigador en la distribución de los beneficios obtenidos por
la explotación de la invención.
“Disposición adicional decimonovena. Compensación económica por obras
de carácter intelectual.
1. En los casos en que los derechos de explotación de la obra de carácter
intelectual creada correspondan a un centro público de investigación, el
personal dedicado a la investigación tendrá derecho a una compensación
económica en atención a los resultados en la producción y explotación de
la obra, que se fijará en atención a la importancia comercial de aquella y
teniendo en cuenta las aportaciones propias del empleado.
2. Las modalidades y cuantía de la participación del personal investigador
de los centros públicos de investigación en los beneficios que se obtengan
de la explotación o cesión de los derechos regulados en el párrafo anterior,
serán establecidas por el Gobierno, las Comunidades Autónomas o las
Universidades, atendiendo a las características concretas de cada centro de
investigación. En las universidades, los Organismos Públicos de Investigación
y otros centros de investigación dependientes de la Administración General
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