En Jalisco , un tercer régimen …
* El Código Civil de ese estado contempla el régimen de Sociedad Legal ; consiste en la formación de un patrimonio común diferente de los patrimonios de los consortes , su administración y dominio corresponde a ambos .
* Se trata de un régimen muy específico cuando los cónyuges no establezcan un régimen al contraer nupcias .
* En la mayoría de las entidades federativas se establece que a falta de expresión del régimen de bienes se tendrá por elegido el de sociedad conyugal .
Aprendiendo 14