Propiedades y recursos en el centro del arreglo
Si se toma la decisión de casarse bajo el régimen de Sociedad Conyugal , llamada comúnmente “ bienes mancomunados ”, el dominio de los bienes muebles o inmuebles corresponde a ambas partes , sin importar a nombre de quién estén . En este caso , ambos cónyuges aportan los bienes que tengan antes del matrimonio si así lo desean , de lo contrario cada quien puede mantener el dominio de sus bienes . En tanto , el régimen de bienes separados implica que los bienes adquiridos antes de casarse siguen perteneciendo únicamente a la persona que los compró ; sin embargo , las posesiones que se obtengan durante el matrimonio serán responsabilidad y propiedad de ambos esposos y entra a la dinámica de compartición de 50 %. Es decir , cualquier bien mueble o inmueble que se compre durante el matrimonio puede ser dividido dependiendo de las condiciones de compra del mismo .
Separación de bienes … lo mío … lo tuyo
• Ambos consortes conservarán la propiedad de sus bienes adquiridos antes del matrimonio y lo que se adquiera después de éste .
• La separación de los bienes puede ser absoluta ( todas las posesiones se rigen por separación de bienes ) o parcial ( los bienes que no se designen bajo régimen de separación de bienes , se regirán por sociedad conyugal ).
• También aplica en los compromisos financieros , lo que significa que los consortes podrán disponer sin autorización del otro sobre sus bienes o adquirir créditos .
• Quien se obliga o dispone de sus bienes será el responsable de todas sus obligaciones , dejando al otro consorte libre de toda obligación .
RECUERDA QUE …
Hablar con madurez y sensatez sobre la base de la administración patrimonial del matrimonio es un punto clave para que la vida en pareja se dé desde el principio con un paso firme y bien estructurado .
Sociedad conyugal … lo nuestro
• Comúnmente conocido como bienes mancomunados , consiste en que los cónyuges puedan llegar a compartir los bienes adquiridos antes y después del matrimonio , sin importar a cuál de los consortes pertenezca .
• Si uno de los consortes adquiere un crédito durante el matrimonio , ambos estarán obligados a su cumplimiento , aunque sólo un consorte haya aceptado el crédito otorgado .
¡ OJO !: No pueden formar parte de la sociedad conyugal : . Bienes adquiridos antes del matrimonio . Herencias o donaciones . Bienes que se adquieran con la compra y venta de bienes propios . Objetos de uso personal . Objetos que la persona necesita para ejercer su profesión , arte u oficio . Dinero adquirido por premios o donaciones
13 Aprendiendo