Agustin Laje y Nicolas Marquez - El Libro Negro de La Nueva Izquierda Agustin Laje y Nicolas Marquez - El Libro Negro de | Page 36

Con el avance de la Revolución, la exclusión de las mujeres se acentúa: en 1793 los revolucionarios disuelven los clubes femeninos y establecen una normativa según la cual, por ejemplo, no pueden reunirse en la calle más de cinco mujeres. En 1795 se prohíbe expresamente a las mujeres la asistencia a las asambleas políticas. En las llamadas “codificaciones napoleónicas” (las nuevas formas de derecho francés) se consagra, entre otras cosas, la minoría de edad perpetua para las mujeres. El naciente sistema educacional estatal excluye a la mujer del nivel medio y superior, aunque su enseñanza primaria se declara graciable. Un dato pinta de cuerpo entero el clima de la época: uno de los grupos más radicales de la Revolución Francesa, “Los Iguales”, saca a la luz un panfleto titulado “Proyecto de una ley por la que se prohíba a las mujeres aprender a leer”. El mismísimo Jean-Jacques Rousseau, cuyo pensamiento influyó de manera determinante en la Revolución Francesa, escribe contra la inclusión educativa y política de la mujer en el Emilio (es precisamente a éste a quien responde Wollstonecraft en Vindicación…). Muchas mujeres terminan siendo guillotinadas por los revolucionarios, como Olimpia de Gouges, autora de la “Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana”, texto publicado en 1791 que buscaba equiparar jurídicamente a las mujeres respecto de los hombres. De tal suerte que, como un calco de la “Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano”, de Gouges había anotado que “La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden estar fundadas en la utilidad común”, y que “La ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos deben participar en su formación personalmente o por medio de sus representantes”. Toda una reivindicación de derechos civiles y políticos para su sexo. Años más tarde quien tomará la bandera de la mujer, como en Inglaterra con Mill, será un hombre: León Richier, fundador del periódico Los derechos de la mujer en 1869, y organizador del Congreso Internacional de los Derechos de la Mujer en 1878. En 1909 se fundará la Unión Francesa para el Sufragio Feminista, pero el derecho a votar recién será conquistado en 1945. En Estados Unidos el año que se suele tomar como referencia del surgimiento de la primera ola del feminismo es 1848, año en que se redacta la “Declaración de Seneca Falls”, el texto fundacional del sufragismo estadounidense. Éste es el resultado de una reunión que Elizabeth Cady Stanton, una activista del abolicionismo de la esclavitud, convoca en una capilla metodista de Nueva York, a los fines de “estudiar las condiciones y derechos sociales, civiles y religiosos de la mujer”, tal como rezaban los anuncios que se distribuyeron. Así como Olimpia de Gouges basó su Declaración de los Derechos de la Mujer en la Declaración de los Derechos del Hombre, la Declaración de Seneca Falls se basa