Agustin Laje y Nicolas Marquez - El Libro Negro de La Nueva Izquierda Agustin Laje y Nicolas Marquez - El Libro Negro de | Page 36
Con el avance de la Revolución, la exclusión de las mujeres se acentúa: en
1793 los revolucionarios disuelven los clubes femeninos y establecen una normativa
según la cual, por ejemplo, no pueden reunirse en la calle más de cinco mujeres. En
1795 se prohíbe expresamente a las mujeres la asistencia a las asambleas políticas. En
las llamadas “codificaciones napoleónicas” (las nuevas formas de derecho francés) se
consagra, entre otras cosas, la minoría de edad perpetua para las mujeres. El naciente
sistema educacional estatal excluye a la mujer del nivel medio y superior, aunque su
enseñanza primaria se declara graciable. Un dato pinta de cuerpo entero el clima de la
época: uno de los grupos más radicales de la Revolución Francesa, “Los Iguales”, saca
a la luz un panfleto titulado “Proyecto de una ley por la que se prohíba a las mujeres
aprender a leer”. El mismísimo Jean-Jacques Rousseau, cuyo pensamiento influyó de
manera determinante en la Revolución Francesa, escribe contra la inclusión educativa y
política de la mujer en el Emilio (es precisamente a éste a quien responde
Wollstonecraft en Vindicación…).
Muchas mujeres terminan siendo guillotinadas por los revolucionarios, como
Olimpia de Gouges, autora de la “Declaración de los Derechos de la Mujer y la
Ciudadana”, texto publicado en 1791 que buscaba equiparar jurídicamente a las
mujeres respecto de los hombres. De tal suerte que, como un calco de la “Declaración
de los Derechos del Hombre y el Ciudadano”, de Gouges había anotado que “La mujer
nace libre y permanece igual al hombre en derechos. Las distinciones sociales sólo
pueden estar fundadas en la utilidad común”, y que “La ley debe ser la expresión de la
voluntad general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos deben participar en su formación
personalmente o por medio de sus representantes”. Toda una reivindicación de
derechos civiles y políticos para su sexo. Años más tarde quien tomará la bandera de la
mujer, como en Inglaterra con Mill, será un hombre: León Richier, fundador del
periódico Los derechos de la mujer en 1869, y organizador del Congreso Internacional
de los Derechos de la Mujer en 1878. En 1909 se fundará la Unión Francesa para el
Sufragio Feminista, pero el derecho a votar recién será conquistado en 1945.
En Estados Unidos el año que se suele tomar como referencia del surgimiento
de la primera ola del feminismo es 1848, año en que se redacta la “Declaración de
Seneca Falls”, el texto fundacional del sufragismo estadounidense. Éste es el resultado
de una reunión que Elizabeth Cady Stanton, una activista del abolicionismo de la
esclavitud, convoca en una capilla metodista de Nueva York, a los fines de “estudiar
las condiciones y derechos sociales, civiles y religiosos de la mujer”, tal como rezaban
los anuncios que se distribuyeron.
Así como Olimpia de Gouges basó su Declaración de los Derechos de la Mujer
en la Declaración de los Derechos del Hombre, la Declaración de Seneca Falls se basa