ISBN 0124-0854
N º 167 Julio de 2010
Animados del doble ejemplo de los hijos mismos de España que erigían juntas patrióticas que luego derribaban, aprovechóse el pueblo de Santafé de un casual accidente, para llevar adelante su intento, y representado como los demás de América, única pero lealmente por el Ayuntamiento, asumió la soberanía, depuso autoridades, y desconoció cualquiera que no fuese la de Fernando, a quien juró vasallaje, ofreciéndole, como asilo para reinar, por estar ocupada la península, la tierra de Cundinamarca.
Tal fue el importante movimiento de 1810: movimiento generoso y fecundísimo; pero constitucional y monárquico, no republicano ni de independencia. Legalizóse y ratificáronse sus principios por la Constitución monárquica de 1811, cuyo Imperio se extendió hasta el 16 de julio de 1813. Entonces, y sólo entonces, se declaró la independencia propiamente dicha; el Estado, de monarquía que era, se constituyó en forma democrática, y el Presidente de Cundinamarca, que enantes ejercía el Poder Ejecutivo como Vicegerente del Rey empezó a desempeñarlo bajo la protección de Dios y en nombre del pueblo.
Nosotros hemos distinguido esas dos fechas, bien que sin separarlas, pues la una conduce a la otra; y hemos concluido: el 20 de julio no es aniversario de independencia, porque entonces no se proclamó independencia; ni del nacimiento de la República, porque la forma monárquica subsistió hasta 1813. Si atendemos a
intenciones, podemos subir más arriba y buscar la cima de la República en la biblioteca de Marino, o más allá; pero claro está que las intenciones son terreno movedizo y oscuro en que el historiador no puede fijar fechas. Con los documentos de la época a la vista, y legal e históricamente hablando, la República independiente nació en Cundinamarca, no el 20 de julio de 1810, sino el 16 del propio mes de 1813.
Tal ha sido nuestra tesis; y ciertamente que para demostrarla bastaría la antecedente concisa relación de los hechos, acorde, como está, con los que consignan nuestras historias; mas La América, creyendo lastimada la memoria de los hombres de 1810, como si lo hubiésemos dicho por tanto, y sin considerar que son en su mayoría los mismos de nuestro 1813, opone objeciones a nuestro dicho y pide las pruebas de nuestro aserto.
Repasemos, ya que a ello se nos invita, las que en otro número en pocas palabras apuntamos, y examinemos, por su orden, los reparos de La América.
Ante todo argüimos con el contenido del Acta misma impropiamente llamada de independencia, pues en ella se reconoce por monarca de la Nueva Granada al que lo era de España, Fernando VII.
Formulando por orden las contestaciones de La América, ella nos observa:
1. Que el primer pensamiento que aparece en el Acta, es el de