ISBN 0124-0854
N º 167 Julio de 2010
Sea como fuere, naturalmente usted meditó su respuesta, y la escribió y la envió a las cajas; y sin que pueda darme cuenta del motivo que le guió, convierte usted la cuestión histórica en personal, me prodiga unos cuantos insultos, y enseguida, a guisa de voltearme la espalda, me notifica que en adelante prescindirá de todo lo que no sea la cuestión misma.
¡ Señor! La prensa es también un ministerio; las primeras columnas del periódico donde uno estampa las convicciones de su conciencia, o donde honradamente interpreta el sentir de la opinión es también lugar sagrado: no se fugue usted a la sacristía antes de darme una reparación, u oiga usted antes lo que yo tengo que contestarle, y lo que tengo de placer con sus insultos. Vamos por partes.
Empieza usted por increparme en que convierta en política una cuestión que sólo es histórica. ¿ Por qué la he vuelto política? ¿ Acaso porque lamento que se quiera amenguar la gloria de nuestros padres, y que se oiga una voz que disuena en el coro que los aplaude? Pero entonces sería imposible el debate, porque hacer cualquier comentario sería variar el carácter de la cuestión.
Opina usted que debe fijarse como fecha en que se realizó la independencia aquella en que la provincia de Cundinamarca declaró rotos todos los vínculos con la España, pues que todo lo demás que consta en el acta de 20 de julio o en otros documentos anteriores al que usted
designa no significa sino fueros municipales. Enhorabuena que el 16 de julio de 1813 sea el aniversario de la emancipación de Cundinamarca, pero, ¿ con qué derecho se designa esa fecha y no otra anterior en que hiciera igual declaratoria cualquiera de las provincias? ¿ Es porque se considera a Cundinamarca como la metrópoli colonial? Pero hacía muchos meses que estaba en desacuerdo con algunas de las provincias y en guerra con otras. ¿ Es porque se tiene en cuenta que el acta fue celebrada en la capital, y se la considera como centro, ya que no como metrópoli? Pero en ese caso recuérdese que el 20 de julio de 1810 todo el país estaba sometido al gobierno que ejercían el Virrey y la Audiencia, y que ese gobierno fue desconocido y reemplazado por una junta que procedía en nombre de la Nación.
Hoy dice usted que en su concepto ― el 20 del propio mes( julio) no era aniversario de independencia sino de la revolución, etc.,‖ y al final de su artículo agrega: ― El 20 de julio es aniversario de un movimiento trascendental, pero no de independencia. Nosotros no le quitamos su importancia sino que la determinamos ‖.
Demasiado pronto, señor Caro, ha olvidado usted las palabras que originaron esta cuestión, y que fueron éstas: ―.... y la prueba de que esa Junta de 20 de julio de 1810 no proclamó independencia sino más bien dependencia del Rey de las Españas, es que ella misma en 14 de octubre etc.‖.