Agenda Cultural UdeA - Año 2006 AGOSTO | Page 6

ISBN 0124-0854
N º 124 Agosto de 2006 separación que los roles del Estado que facilitaron el abuso político de las empresas . Políticos que buscaban capturar rentas y grupos de interés diversos pudieron apropiar el sector para ello , pervirtiendo sus objetivos . Las consecuencias fueron el otorgamiento de subsidios generalizados y pobremente focalizados , una ineficiente expansión de la distribución y un sector que actuaba como agencia de empleo sujeta a la corrupción . 9
Lo anterior , unido a la “ vieja ” idea de que el rol del Estado debía ser mínimo y que debía dejarse que el mercado ofrezca los bienes y servicios que requiere la sociedad , dio origen a la nueva Carta Constitucional , que a su vez originó el mar de reformas que en todos los mercados se dieron en Colombia después de ella . En particular , la reforma de la industria de servicios públicos , que se dio con las leyes 142 y 143 de 1994 . 10 A partir de este momento comenzó a desarrollarse el nuevo sistema , caracterizado por argumentar que el bienestar social se maximiza cuando los precios se adaptan continuamente a las variaciones de la oferta y la demanda , es decir a la competencia .
Sin embargo , el modelo liberalista no se dio de manera pura en el sector de servicios
públicos . En esta industria se presenta una propuesta híbrida entre mercado y Estado . La razón , según Kalmanovitz , es que en la Constitución de 1991 participaron muchas fuerzas políticas del país que dieron como resultado una constitución híbrida donde conviven elementos altamente liberales como la libertad de empresa , la defensa de la propiedad privada , la primacía de la competencia , y elementos característicos del Estado de bienestar como las declaraciones genéricas sobre el gasto social como elemento fundamental del Estado de derecho , el acceso a vivienda digna y el libre acceso a otros bienes meritorios . 11 En la realidad práctica , el Estado asumió papeles muy distintos : por ejemplo , la banca central se estableció como independiente , con autonomía para tomar decisiones en el control del poder adquisitivo de la moneda y , lo más significativo a mi parecer , se produce el abandono del monopolio estatal sobre la prestación de servicios públicos , abriendo con ello la posibilidad de su privatización . 12
Los servicios públicos domiciliarios en Colombia están consagrados en la Constitución en el Título XII relativo al Régimen Económico y de la Hacienda Pública , Capítulo 5 denominado De la finalidad social del Estado y de los Servicios Públicos ( consta de seis artículos desde el 365 hasta el 370 ). La Constitución define los servicios públicos domiciliarios como “ toda actividad organizada que tienda a satisfacer