Agenda Cultural UdeA - Año 2006 AGOSTO | Page 13

ISBN 0124-0854
N º 124 Agosto de 2006 arreció y los privilegios de los congresistas y la clase política en general se incrementaron al punto de que cualquier proyecto de enmienda que pretendiera limitar tales privilegios , fue de imposible realización .
El camino a la constituyente
En las postrimerías de los años 80 se advertía con claridad que el Congreso no tenía intención de modificar la Constitución de 1886 ; el último proyecto de reforma se hundía en el Congreso y aparecía un reclamo de los extraditables por la no extradición , que se haría valer a sangre y fuego de ser necesario . Se abrió paso un proceso político de iniciativa ciudadana : El 8 de marzo de 1990 , treinta y cinco mil firmas respaldaron un escrito dirigido al Presidente Barco Vargas en el que solicitaban un mecanismo de reforma constitucional a través de referéndum o plebiscito en virtud de “… la incompetencia de la clase política para dar respuesta a los graves problemas del país , se hace necesario que la ciudadanía asuma su responsabilidad en la búsqueda de las soluciones que las circunstancias exigen …” 2 .
Otra vez la patria boba : entre asamblea constituyente y asamblea constitucional
Ante el silencio gubernamental frente a tal solicitud , se promovió la idea de una séptima papeleta 3 que los ciudadanos incorporarían motu proprio , en las elecciones a realizarse el 11 de marzo de 1990 y que permitiría convocar a una asamblea nacional constituyente con participación directa de la ciudadanía . En vista de la importantísima participación ciudadana , la Registraduría Nacional del Estado Civil se negó a contabilizarla formalmente porque no existía norma jurídica alguna que permitiese tal convocatoria . Fue así como con una jugada maestra del Gobierno Barco y de la clase política se expidió un decreto de estado de sitio que permitió contabilizar una papeleta que se incorporaría para el día de las elecciones presidenciales del 27 de mayo de 1990 . Se permitía la convocatoria a una asamblea constitucional pero no constituyente . Se dijo inclusive , sin ningún reato , que no había diferencia alguna entre lo constitucional y lo constituyente ; no obstante , ya los acuerdos estaban negociados : se permitiría la reforma a la Constitución de 1886 por una asamblea constitucional , sujeta a un temario definido , en un acuerdo político por quien ganara las elecciones presidenciales en la citada fecha , por el partido social conservador , el partido liberal y los grupos insurgentes que se reintegraran a la vida civil .
Triunfante en las elecciones presidenciales , el señor Cesar Gaviria Trujillo