Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 362

343 6.3.5. LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA MUNICIPAL Y LA FUNCION DE LA SECCION TERCERA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: Dr. Ernesto Jinesta L. Profesor en la Universidad de Costa Rica Ivstitia. Año 14. º 162- 163 junio - julio 20002. Introducción: En materia municipal existe, a nivel legislativo, una regulación sumamente compleja de los recursos administrativos procedentes contra los acuerdos emanados de los distintos órganos de la entidad territorial. Prácticamente, cuando el administrado se enfrenta a un acuerdo municipal que lo desfavorece debe recorrer el prolongado y tortuoso calvario de los recursos municipales –en total seis instancias administrativas si resuelve un órgano que no depende directamente del Concejo Municipal- para obtener una decisión final que le satisfaga sus pretensiones o que le permita impugnarla ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Debe agregarse a lo anterior, el desconocimiento general de los funcionarios municipales -regidores, alcaldes, asesores legales municipales- y de los propios litigantes de la alambicada regulación de los recursos, todo lo cual puede dar al traste con las situaciones jurídicas sustanciales invocadas por los interesados en la fiscalización de un acuerdo municipal. El presente artículo constituye un simple y modesto intento para esclarecer la maraña existente en materia recursiva municipal. 1. Regulación constitucional: De conformidad con el ordinal 173 de la Constitución Política: " Los acuerdos municipales podrán ser: 1) Objetados por e/ funcionario que indique la ley en forma de veto razonado; 2) Recurridos por