Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 262
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pertinentes. o) Fiscalizar y garantizar que la municipalidad cumpla con una
política de igualdad y equidad entre los géneros acorde con la legislación
existente adoptada por el Estado, mediante el impulso de políticas, planes y
acciones a favor de la equidad e igualdad entre los géneros. (Así adicionado el
inciso anterior, por el aparte d) del artículo único de la Ley N° 8679 del 12 de
noviembre del 2008) p) Impulsar una estrategia municipal para la gestión del
desarrollo que promueva la igualdad y equidad de género tanto en el quehacer
municipal como en el ámbito local, con la previsión de los recursos necesarios.
(Así adicionado el inciso anterior, por el aparte d) del artículo único de la Ley N°
8679 del 12 de noviembre del 2008)
Artículo 18. - Serán causas automáticas de pérdida de la credencial de Alcalde
municipal: a) Perder un requisito o el adolecer de un impedimento, según los
artículos 15 y 16 de este Código. b) Ausentarse injustificadamente de sus
labores por más de ocho días. c) Ser declarado, por sentencia judicial firme,
inhabilitado para ejercer cargos públicos. d) Incurrir en alguna de las causales
previstas en el artículo 73 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República. (Así reformado el inciso anterior por el artículo 66 de la Ley contra la
Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, N° 8422 del 6 de
octubre del 2004) e) Cometer cualquier acción sancionada por la ley con la
pérdida del cargo para funcionarios de elección popular. f) Renunciar
voluntariamente a su puesto.
Artículo 19. -Por moción presentada ante el Concejo, que deberá ser firmada
al menos por la tercera parte del total de los regidores y aprobada por el