Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 218
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en el territorio nacional; b) Los yacimientos de carbón, las fuentes y depósitos
de petróleo, y cualesquiera otras sustancias hidrocarburadas, así como los
depósitos de minerales radiactivos existentes en el territorio nacional; c) Los
servicios inalámbricos. Los bienes mencionados en los apartes a), b) y c)
anteriores sólo podrán ser explotados por la administración pública o por
particulares, de acuerdo con la ley o mediante concesión especial otorgada por
tiempo limitado y con arreglo a las condiciones y estipulaciones que establezca
la Asamblea Legislativa. Los ferrocarriles, muelles y aeropuertos nacionales -
estos últimos mientras se encuentren en servicio- no podrán ser enajenados,
arrendados ni gravados, directa o indirectamente, ni salir en forma alguna del
dominio y control del Estado. 15) Aprobar o improbar los empréstitos o
convenios similares que se relacionen con el crédito público, celebrados por el
Poder Ejecutivo. Para efectuar la contratación de empréstitos en el exterior o de
aquéllos que, aunque convenidos en el país, hayan de ser financiados con
capital extranjero, es preciso que el respectivo proyecto sea aprobado por las
dos terceras partes del total de los votos de los miembros de la Asamblea
Legislativa. (*) Reformado el inciso 15) del artículo 121 por la Ley N° 4123 de
31 de mayo de 1968, publicada en el tomo II de la Colección de Leyes y
Decretos de 1968. 16) Conceder la ciudadanía honorífica por servicios notables
prestados a la República, y decretar honores a la memoria de las personas
cuyas actuaciones eminentes las hubieran hecho acreedoras a esas
distinciones; 17) Determinar la ley de la unidad monetaria y legislar sobre la
moneda, el crédito, las pesas y medidas. Para determinar la ley de la unidad