XIV EDICION CONFRONTACIONES 14 | Page 8

TÍTULO I NORMAS GENERALES, DERECHOS DE LA PERSONA FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN Y EMPLEO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS (Art. 1 – Art. 20) Aquí se contemplan principios generales, como el objeto de la ley, el ámbito de aplicación, los principios generales de la Actividad Administrativa, como el principio de Legalidad, Proporcionalidad, Antiformalismo, Eficacia, Celeridad e impulso de oficio, Economía, Coherencia, Verdad material y Buena fe. (Art. 3 LPA) TÍTULO II RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Art. 21 – Art. 63) Comienza estableciendo la configuración del acto administrativo, con una definición en el Art. 21, si bien, muy doctrinaria, pero bastante aceptable, al decir que (Ver) En éste mismo título se encargó el legislador del tema de la validez del acto administrativo y también de su eficacia; pero y ya que se estaba refiriendo a la validez, hace referencia a la invalidez, por supuesto, por medio del tema de las nulidades. Un acto administrativo viciado es un acto administrativo nulo y en el tema de las nulidades, al igual que en el derecho común, las hay de dos clases: Absolutas y relativas. Son nulidades absolutas cuando resulta imposible, desde todo punto de vista jurídico, salvarlas; en cambio, son relativas, cuando pueden ser saneadas y adquirir validez. (Art. 36 y 37 LPA) También se encarga de temas como abstención y recusación de los servidores públicos. Art. 51, 52 y 53 LPA