En éste punto, el legislador no ha otorgado al servidor público
la potestad de determinar la capacidad para ser parte.
TRAMITACIÓN
Presentada la petición, puede modificarse y ampliarse, pero
antes de la apertura a prueba.
Otra novedad impresionante dentro de la LPA es la
posibilidad de recurrir a los actos de resolución de la administración
pública, tal como ocurre ante un posible rechazo de una petición
(Art. 76 LPA)
“Art. 76.- Contra la resolución que rechace una petición o su
ampliación, podrá interponerse recurso de apelación.”
CUESTIONES INCIDENTALES
En relación al tipo de incidentes que pueden presentarse y
atendiendo a las clases según el derecho común, es decir,
materiales y procesales (Ver Código Procesal Civil y Mercantil),
debido a que el legislador se limita a decir, que no suspenden el
curso del procedimiento, salvo que se trate de recusación y
abstención, entenderemos que se trata de ambas categorías.
Resolución de Cuestiones Incidentales
Art. 77.- El órgano que se encuentre conociendo del
procedimiento, resolverá todas las cuestiones incidentales que
surjan en su desarrollo, aunque entren en la competencia de otras
autoridades administrativas, en cuyo caso será necesaria la previa
consulta a dichas autoridades, que se evacuará en el plazo máximo
de diez días.
Tales cuestiones incidentales no suspenderán
procedimiento, salvo en el caso de recusación y abstención.
el
ADOPCIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES
Se trata de medidas cautelares, es lo mismo decir que, para
evitar efectos adversos o la afectación a derechos de los