XIV EDICION CONFRONTACIONES 14 | Page 12

En éste punto, el legislador no ha otorgado al servidor público la potestad de determinar la capacidad para ser parte. TRAMITACIÓN Presentada la petición, puede modificarse y ampliarse, pero antes de la apertura a prueba. Otra novedad impresionante dentro de la LPA es la posibilidad de recurrir a los actos de resolución de la administración pública, tal como ocurre ante un posible rechazo de una petición (Art. 76 LPA) “Art. 76.- Contra la resolución que rechace una petición o su ampliación, podrá interponerse recurso de apelación.” CUESTIONES INCIDENTALES En relación al tipo de incidentes que pueden presentarse y atendiendo a las clases según el derecho común, es decir, materiales y procesales (Ver Código Procesal Civil y Mercantil), debido a que el legislador se limita a decir, que no suspenden el curso del procedimiento, salvo que se trate de recusación y abstención, entenderemos que se trata de ambas categorías. Resolución de Cuestiones Incidentales Art. 77.- El órgano que se encuentre conociendo del procedimiento, resolverá todas las cuestiones incidentales que surjan en su desarrollo, aunque entren en la competencia de otras autoridades administrativas, en cuyo caso será necesaria la previa consulta a dichas autoridades, que se evacuará en el plazo máximo de diez días. Tales cuestiones incidentales no suspenderán procedimiento, salvo en el caso de recusación y abstención. el ADOPCIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES Se trata de medidas cautelares, es lo mismo decir que, para evitar efectos adversos o la afectación a derechos de los