Vision Tridimensional. Parte 1 | Page 8

Compliance 2014 “ hay que conseguir con estos programas de prevención de cumplimiento es evitar la imputación de la persona jurídica”. Santos subraya al respecto que “el hecho de que el legislador introduzca en el artículo 31.bis los requisitos de forma minuciosa y detallada va a ayudar a que los fiscales o jueces de instrucción tengan unos criterios que interpelen y orienten cómo va a aplicarse esa citación en calidad de imputado de la persona jurídica. El órgano autónomo es muy importante diseñarlo bien. Es fundamental la independencia. Siempre hay un conflicto grande entre el negocio y cumplimiento legal. Por último, Requena añadió que, desde su punto de vista, “el carácter disciplinario no debería ser sólo desde el punto de vista penalizador. A aquellos empleados con una conducta ejemplar se les debería premiar”. Aunque mejora sustancialmente, hay una falta de armonización. No puedes cambiar sólo el código penal y no adaptarlo a la normativa laboral, o de la protección de datos para poder ser eficaces en los programas de prevención o compliance. Fernando Ortega, Siemens ” Posición de riesgo Para Santos, con la reforma del código penal, “el compliance officer se ha convertido una posición de riesgo. Es un garante que va a tener que demostrar ante el juez o la fiscalía si se han tomado las medidas de control eficaces y si él ha gestionado ese control de forma correcta. Lo que Ver resumen de la sesión: “Prevención de conductas delictivas” 6 • IBERIAN LAWYER • Compliance 2014 www.iberianlawyer.com/index.php/home-compliance