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FALMED RESPONDE
Consultas recibidas por médicos y médicas a través de nuestro sitio web WWW . FALMED . CL .
Por Área jurídica FALMED .
Me encuentro en un proceso por maltrato y acoso . El victimario quiere tomar acciones legales y también es un médico colegiado , ¿ qué puedo hacer ?
Estoy implementando atención medica en modalidad telemática y me gustaría recibir información acerca de las leyes y normativas que debo tener en cuenta .
Por Elizabeth Campos , Abogada Udegen FALMED .
Por Macarena Olivares , Abogada FALMED .
R : Ante actos de acoso y maltrato laboral , es fundamental que las víctimas denuncien , para hacer presente lo ocurrido y buscar la protección eficaz de los derechos que la normativa regula para todas y todos los funcionarios .
Cuando hay conflicto con otro médico colegiado , aconsejamos que el denunciante concurra ante su respectivo Tribunal de Ética para que éste conozca las infracciones a la ética profesional , y aplique las sanciones fijadas en el Código de Ética del Colegio Médico de Chile . Asimismo , frente a hechos de acoso , maltrato y sus repercusiones legales o administrativas , puede recurrir a FALMED para recibir asesoría en base a la legislación vigente , y revisión de protocolos internos de cada Hospital , abordando cada caso en su particularidad .
Requiero ayuda respecto del no pago de asignaciones que mis colegas , en iguales condiciones , sí están recibiendo .
R : Conforme a la normativa que regula estos estímulos , que sería la Ley 19.664 como el decreto 847 , así como también a diversas sentencias de Tribunales Superiores , como dictámenes de Contraloría , se hace un llamado a la obligación que tienen los directores de Salud , a que , en un principio de igualdad , todos los médicos en iguales condiciones , reciban los mismos tipos de estímulo .
Por Gabriela Toro , Abogada Udelam FALMED .
En consecuencia , en caso de haber diferencias , corresponde hacer un reclamo a la Contraloría General de la República o presentar un recurso de protección en los tribunales superiores .
R : Dado que el marco normativo es extenso y se encuentra segmentado en diversas leyes , una recomendación accesible y rápida sería consultar , siempre , la Ley 20.584 sobre Derechos y Deberes de los Pacientes .
Para obtener información sobre estándares , principios y protocolos , se sugiere revisar la Memoria del Departamento de Salud Digital 2018-2022 . Por último , para una visión general , es recomendable acudir a nuestro artículo sobre Telemedicina , el cual se encuentra en el libro de Derecho Médico , Tomo II .
Fui agredida y amenazada verbalmente por una paciente en un servicio de urgencias , quien además me grabó con su celular , a pesar que las normas del recinto lo prohíben , ¿ qué acciones puedo tomar ?
Por Julio Ulloa , Abogado FALMED .
R : Respecto de la agresión y amenaza , de conformidad con lo dispuesto en las leyes 21.118 y 20.584 , la víctima podrá solicitar a la autoridad del establecimiento , que le proporcione los mecanismos de defensa jurídica adecuada para el ejercicio de las acciones civiles y penales que corresponda , incluso se puede requerir implementar medidas de carácter administrativo en resguardo de los funcionarios ; misma conducta podrán requerir los médicos afiliados a FALMED , a fin que los representen e interpongan las acciones legales y / o administrativas -inclusive- que correspondan en resguardo de su integridad física y / o psicológica .
En relación a la grabación , se sugiere , a la luz de lo dispuesto en el artículo 161 del Código Penal , y tratándose de un hecho no consentido por la afectada ; denunciar el hecho ante las autoridades pertinentes , a fin de que se inicie la investigación de rigor por parte del Ministerio Público y se condene al culpable ; igualmente se puede requerir la eliminación de la grabación , impedir su divulgación o uso indebido ; todo lo anterior sin perjuicio de las acciones civiles que pudieran corresponder .
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