Vida Médica Volumen 74 N°2 2022 N° 2 N° 2 | Page 43

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¿ Qué debemos hacer ante una agresión ?

Por Paula Ponce , jefa de Comunicaciones FALMED / Diseño : Carolina Mardones .

D π Retirarse del lugar . π Activar timbre de emergencia .

A

π Informar a Seguridad del Hospital . π Informar al jefe de Servicio o de Unidad para que concurra al lugar .
π Reportar la agresión verbal como accidente laboral en documento ad hoc ( Ley n ° 16.744 ).
π Consignar el hecho en la ficha clínica del paciente . π Eventualmente informar a Carabineros de Chile o a la fuerza pública .

NO normalicemos las agresiones

B

π Retirarse del lugar .
π Activar timbre de emergencia .
π Informar a Seguridad del Hospital .
π Llamar a Carabineros , a la fuerza pública o al 133 .
π Certificar lesiones sufridas y pedir que sean reportadas como accidente laboral en Servicio de Urgencia de la institución ( Ley n ° 16.744 ).
π Confeccionar D . A . U del funcionario agredido y eventual traslado a mutual o institución afín .
π El afectado podrá suspender la atención de pacientes , sólo si no afecta a los usuarios y personal del establecimiento .
π Consignar nombre , rut y domicilio de testigos de la agresión .
π Contactar al Director y Abogado del Hospital .
física
Intento o agresión
efectiva de pariente
Agresión verbal de
paciente o
familia
Solicite SIEMPRE asesoría legal
600 600 0525
Intento o agresión
patología del paciente
física efectiva no asociada
a patología del paciente
efectiva asociada a
física
Intento o agresión
π Retirarse del lugar .
π Activar timbre de emergencia .
π Informar a Seguridad del Hospital .
π Llamar a Carabineros , a la fuerza pública o al 133 .
π
Informar al jefe de Servicio para que éste proceda a dar el alta disciplinaria siempre que no ponga en riesgo la vida o salud del paciente , ( Art . 35 Ley N ° 20.584 ).
π Certificar lesiones sufridas y pedir que sean
reportadas
como
accidente
laboral
( Ley
n ° 16.744 ).
π Confeccionar D . A . U del funcionario agredido y eventual traslado a mutual o institución afín .
π El afectado podrá suspender la atención de pacientes , sólo si no afecta a los usuarios y personal del establecimiento .
π Consignar nombre , rut y domicilio de testigos de la agresión .
π Contactar al Director y Abogado del Hospital .
π Tomar medidas de contención o aislamiento , según indicación médica ( art . 26 Ley N ° 20.584 ). π Certificar lesiones sufridas y pedir que sean reportadas como accidente laboral , en Servicio de Urgencia de la institución ( Ley n ° 16.744 ). π Confeccionar D . A . U . del funcionario agredido y evaluar eventual traslado a mutual o institución afín . π Informar al tratante o al jefe de turno . π Consignar el hecho en la ficha clínica del paciente . π No se presentarán acciones judiciales penales .

C

La violencia laboral está constituida por eventos en los que el personal sufre abusos , amenazas o ataques en circunstancias relacionadas con su trabajo , incluidos los traslados de ida y vuelta .
NO +