Vida Médica Volumen 74 N°1 2022 N° 1 | Page 72

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artículo 31 de los Estatutos del Colegio Médico de Chile ( A . G .). De acuerdo con el artículo 35 , N º 2 de los Estatutos Sociales , la reforma deberá ser aprobada con el voto favorable de la mayoría absoluta de los integrantes en ejercicio de la Asamblea , y deberá contar con la asistencia de un Notario Público , que actuará como Ministro de Fe . Podrán asistir a la Asamblea , con derecho a voz y voto , las personas señaladas en el artículo 32 de los Estatutos de la Orden , a quienes se enviará el link correspondiente para acceder a la videoconferencia con 24 horas de anticipación , a lo menos , mediante correo electrónico . Asimismo , podrán también asistir a la sesión , con derecho a voz , los médicos colegiados que estén al día en el pago de sus cuotas sociales , según dispone el inciso final del artículo 32 de los Estatutos , quienes deberán enviar su solicitud para participar en la Asamblea a más tardar el día 23 de febrero de 2022 , al correo electrónico asamblea2022 @ colegiomedico . cl . El link para acceder a la videoconferencia se les enviará el día 24 de febrero de 2022 . El presente acuerdo fue adoptado por la unanimidad de los Consejeros Nacionales presentes , ( 25 votos ).
ACUERDO ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA COLEGIO MÉDICO DE CHILE ( A . G .) - VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
PARA ELEGIR AL REEMPLAZANTE DEL PRIMER VICEPRESIDENTE DEL COLEGIO MÉDICO DE CHILE POR HABER ASUMIDO LA PRESIDENCIA DE LA ORDEN La Asamblea General Extraordinaria del Colegio Médico de Chile eligió en el cargo de Primera Vicepresidenta del Colegio Médico de Chile ( A . G .) a la Dra . Inés del Carmen Guerrero Montofré quien se desempeñaba , hasta ese momento , en el cargo de Prosecretaria . Es del caso señalar que la Dra . Guerrero Montofré obtuvo cincuenta y dos votos , cumpliéndose , en consecuencia , con el quórum de dos tercios requerido por el numeral segundo del artículo diecisiete de los Estatutos . Habiendo quedado vacante el cargo de Prosecretaria del Colegio Médico , la Asamblea General Extraordinaria eligió en el referido cargo a la Dra . Claudia Carolina Chartier Muñoz , obteniendo cincuenta y seis votos , reuniéndose , en consecuencia , el quorum de dos tercios exigido por el numeral cuarto del artículo diecisiete de los Estatutos de la Orden . En consecuencia , la Mesa Directiva Nacional del Colegio Médico de Chile ( A . G .), a partir del día de hoy , y hasta la expiración del período , el trece de enero de dos mil veinticuatro , estará integrada por las siguientes personas : Presidente , Dr . Patricio Ramón Meza Rodríguez ; Primera Vicepresidenta : Dra . Inés del Carmen Guerrero Montofré ; Secretario Nacional , Dr . José Miguel Bernucci Piedra ; Prosecretaria , Dra . Claudia Carolina Chartier Muñoz , y Tesorero Nacional , Dr . Jaime Alfonso Sepúlveda Cisternas . Se deja constancia de que el artículo 14 de los Estatutos del Colegio Médico de Chile ( A . G .) preceptúa que integrarán , además , la Mesa Directiva Nacional , los Presidentes de los Consejos Regionales Santiago , Valparaíso y Concepción .
ACUERDO ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA COLEGIO MÉDICO DE CHILE ( A . G .) - VIERNES 25 DE FEBRERO DE 2022
PARA REFORMAR ESTATUTOS SOCIALES En definitiva , la modificación que se somete a la aprobación de la Asamblea General es la siguiente : 1 ) El artículo 31 de los Estatutos establece que “ Las Asambleas Generales del Colegio Médico de Chile ( A . G .) pueden ser Ordinarias o Extraordinarias . Las primeras se celebrarán una vez al año , durante el primer cuatrimestre , para conocer y decidir respecto de las materias propias de su conocimiento , sin que sea necesario señalarlas en la respectiva citación . Las segundas podrán celebrarse en cualquier tiempo , cuando así lo exijan las necesidades del Colegio Médico , para decidir respecto de cualquier materia que los Estatutos entreguen al conocimiento de las Asambleas Generales , y siempre que tales materias se señalen en la citación correspondiente . Cuando una Asamblea Extraordinaria deba pronunciarse sobre materias propias de una Asamblea Ordinaria , su funcionamiento y acuerdo se sujetará , en lo pertinente , a los quórum aplicables a esta última clase de Asambleas ”. Se propone modificar el artículo referido en el siguiente sentido : “ La Asambleas Generales del Colegio Médico de Chile ( A . G .) pueden ser Ordinarias o Extraordinarias . Las primeras se celebrarán una vez al año , durante el primer cuatrimestre , para conocer y decidir respecto de las materias propias de su conocimiento , sin que sea necesario señalarlas en la respectiva citación . Sin embargo , el H Consejo Nacional , por los dos tercios de sus Consejeros en ejercicio , podrá acordar que la Asamblea General Ordinaria se realice en una fecha no comprendida en el período previamente señalado , pero dentro del respectivo año calendario , cuando circunstancias excepcionales así lo aconsejaren . Las segundas podrán celebrarse en cualquier tiempo , cuando así lo exijan las necesidades del Colegio Médico , para decidir respecto de cualquier materia que los Estatutos entreguen al conocimiento de las Asambleas Generales , y siempre que tales materias se señalen en la citación correspondiente . Cuando una Asamblea Extraordinaria deba pronunciarse sobre materias propias de una Asamblea Ordinaria , su funcionamiento y acuerdo se sujetará , en lo pertinente , a los quórums aplicables a esta última clase de Asambleas . Las Asambleas Generales , Ordinarias y Extraordinarias , podrán celebrarse , a criterio del H Consejo Nacional , con presencia física de los asistentes en el lugar que aquel determine , o bien a distancia , debiendo en este caso coincidir , al mismo tiempo , todos sus integrantes y demás asistentes en un espacio común virtual , mediante videoconferencia ”. Por 53 votos a favor , se aprueba por la unanimidad de los Asambleístas presentes la modificación del artículo 31 de los Estatutos Sociales en los términos ya expuestos .