Vida Médica Volumen 74 N°1 2022 N° 1 | Page 73

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SENTENCIAS ÉTICAS

EXTRACTO El Tribunal de Ética del Consejo Regional La Serena , en sentencia recaída en la denuncia N ° 01-2021 , formulada por el Dr . Patricio Varas Reyes en contra del DR . JOSÉ LUIS ZÚÑIGA ÁLVAREZ , dio por establecido que éste último incurrió en una conducta que contraviene el comportamiento ético profesional , consistente en haber criticado en forma imprudente y de manera pública a través de la red social “ Instagram ”, en página que comparte con médicos , personal de salud y familiares de pacientes , la recomendación de alta efectuada por el Dr . Vargas de un recién nacido sano , estimándose transgredidos los artículos 60 , 61 y 62 del Código de Ética , y sanciona al Dr . José Luis Zúñiga Álvarez , según lo establecido en la letra b del artículo 77 del Código de Ética , es decir , con censura , teniendo además el valor de advertencia , en orden a que el responsable ponga el debido cuidado en su comportamiento profesional , que será objeto de atención en lo sucesivo .
EXTRACTO El Tribunal de Ética del Consejo Regional La Serena , en sentencia recaída en la denuncia N ° 06-2020 , formulada por el Dr . Javier Elorza Dabed en contra de la DRA . CARMEN VIVEROS LAGOS , dio por establecido que ambos compartieron a través de la página www . facebook . com , específicamente en la cuenta del Dr . Nelson Mellado , una noticia cuyo titular dice “ Genocidio de Pobres ”, comentando el Dr . Elorza “ No es cierto ”, “ la tasa de mortalidad es alta en todas partes ”, a lo que replicó la Dra . Viveros , “ Javier Ignacio Elorza Dabed , por imbéciles como tú tenemos delincuentes corruptos en La Moneda . Con un gobierno farsante , irresponsable , peligroso para las familias . Hay hambre , desespero , rabia , dolor en la población trabajadora . Entérate … Púdrete …( hay insulto de grueso calibre ). Funa estés donde estés ”. El Tribunal aprecia que la conducta desplegada por la Dra . Viveros , consistente en los insultos y forma de expresión inadecuada , contraviene las disposiciones 1 , 7 y 60 del Código de Ética y la sanciona según lo establecido en la letra b del artículo 77 del Código de Ética , es decir , con censura , teniendo además el valor de advertencia , en orden a que la responsable ponga el debido cuidado en su comportamiento profesional , que será objeto de atención en lo sucesivo .
EXTRACTO En causa Rol No TE / 734-19 , el Tribunal de Ética del Consejo Regional Santiago , sancionó al DR . PEDRO AROS OJEDA , con CENSURA , por estimarse que las conductas y actuaciones en que incurrió el denunciado , escaparon del actuar decoroso que debe regir las relaciones entre médicos , al haber desarrollado conductas de malos tratos entre colegas de forma reiterada , hechos agravados por la no comparecencia personal al Tribunal de Ética .