Vida Médica Volumen 73 N°2 - 2021 N° 2 | Page 54

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la dificultad de cuidados que se ha presentado con este virus llevó a normar la licencia del post natal de emergencia , que extiende el permiso hasta 90 días más , en tramos de 30 días , renovables hasta completar los 90 días .
“ Es una licencia médica Fue tremendamente beneficioso , sobre todo para las funcionarias públicas que reciben íntegramente sus remuneraciones de licencias médicas ”, subraya Toro .
En cambio , la extensión del post natal de emergencia no es una licencia médica , sino una norma especial que toma distintas formas dependiendo de quién hace uso de este derecho . Se trata de un subsidio del Estado mediante la Ley de Crianza Protegida a mujeres que tuvieron hijos en pandemia y que han hecho uso de a lo menos una licencia médica del post natal de emergencia .
“ En el caso de las funcionarias públicas es un permiso sin goce de remuneraciones que lo solicita la mujer al jefe superior del servicio , de hasta 90 días . En el caso de las trabajadoras independientes , se recibe como bono y en el caso de las trabajadoras Código del Trabajo , se presenta como una suspensión del contrato . En cualquier caso , lo que recibirá la mujer es un millón de pesos líquido o el 70 % de lo recibido por el cálculo de sus licencias de post natal de emergencia . Cada doctora tiene que escoger lo más beneficioso ”, precisa la profesional .
Mientras exista Estado de Catástrofe , la mujer puede acceder a la licencia del post natal de emergencia o bien optar al post natal de emergencia , según conveniencia , sobre todo en caso de funcionarias públicas que mantienen sus remuneraciones en caso de licencia y como ese permiso tiene tal calidad , la doctora funcionaria va a mantener el mismo nivel de ingreso .
El hombre también puede hacer uso de ambas opciones , en cuyo caso la madre debió haberle cedido el post natal parental . También tiene derecho al permiso por nacimiento del hijo o hija que los puede usar en forma continua o discontinua .
En caso que la mujer esté contratada a honorarios es muy relevante el tipo de cotización a la que optó en la Declaración de Impuestos de abril de cada año . “ Vemos casos como estos en los que la mujer prefiere no tomar licencias de maternidad , porque reciben muy poco dinero . Entonces la recomendación es siempre optar por la cotización total de sus impuestos y con eso tienen cobertura total ”, sugiere la experta .
FUERO
El fuero laboral es una protección especial a la mujer embarazada que consiste en que el empleador tiene imposibilidad de poner término a la relación laboral sin que antes exista una autorización judicial . También tienen fuero quienes por sentencia judicial tengan el cuidado personal del hijo o hija . El fuero se extiende durante todo el embarazo y hasta un año después de expirado el permiso post natal . “ Hay causales para desaforar , entre las cuales está el cumplimiento del plazo cuando se ha contratado a plazo fijo , en el caso de la conclusión del trabajo para el cual fue contratada la mujer y en casos de faltas a la probidad o al Estatuto Administrativo ”, advierte Rocío Toro .
Becarias
Un manual elaborado por UDEGEN aborda la especial situación de las becarias primarias , que no gozan de la calidad de funcionarias públicas , ni de trabajadoras dependientes .
Al respecto , tienen derecho a : pago de sala cuna , siempre que las becas sean financiadas por el Ministerio de Salud o por los Servicios de Salud ; y derecho a descanso y licencia de maternidad .
Al no existir referencia a otra normativa , conforme al principio de legalidad que rige eminentemente en Derecho Público , se ha sostenido que los becarios y becarias no tendrían otros derechos .
El documento de UDEGEN precisa que en época de pandemia , este ha sido uno de los mayores problemas con los que se han enfrentado en su gran mayoría las becarias embarazadas , respecto de quienes se ha dudado la concesión de teletrabajo , y se ha excluido de ciertos beneficios .
En cualquier caso , la recomendación es dirigirse a UDEGEN a efectuar las consultas pues los argumentos son rebatibles en base a la normativa vigente y a los tratados internacionales de los que Chile es parte .
Derecho a sala cuna - bono compensatorio
Este es un beneficio que el empleador debe entregar tiene 20 o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil . Busca que la mujer pueda dejar a su hijo en un lugar mientras trabaja . Considerando lo anterior , este derecho debe cumplirse todos los días que la trabajadora deba asistir a su empleo .
Su cumplimiento implica que el empleador debe tener salas anexas donde las mujeres trabajadoras pueden dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras trabajan . Ahora bien , el empleador puede dar cumplimiento a la obligación antes señalada a través de una sala cuna propia , contratar los servicios de una sala cuna o pagando directamente los gastos de sala cuna al establecimiento que haya designado e empleador que la trabajadora lleve a sus hijos o hijas menores de dos años . En cualquier caso debe cumplir con toda la normativa vigente . Existe un beneficio excepcional consistente en el pago de un bono compensatorio de sala cuna que el empleador entrega a todas las madres que se encuentren trabajando y que no puedan llevar a sus hijos a este tipo de establecimientos debido a determinadas circunstancias .
La excepcionalidad era la regla general antes de la pandemia , sin embargo , desde marzo de 2020 hasta la fecha la situación ha mutado tanto para funcionarias públicas como trabajadoras del sector privado y , el otorgar un bono compensatorio de sala cuna se ha convertido en la regla general por el cierre masivo de salas cunas y jardines infantiles por pandemia covid-19 .
CONTACTO
Está abierto a recibir sus consultas por la vía más expedita . Se puede comunicar a udegen @ colegiomedico . cl , para solicitar información , orientación o presentar un conflicto para el cual esta nueva unidad desplegará todo su potencial para representar a la facultativa o facultativo vulnerado en sus derechos .
En el sitio web de Falmed puedes descargar el libro “ Derecho Médico ”, con la visión normativa desde la defensa de la profesión médica .