gremial 15
Cronograma de entrada en vigencia de los beneficios
Etapa de Destinación y Formación:
A contar del 1 de Enero y hasta el 31 de diciembre del año 2016: 26%
A contar del 1 de Enero del Año 2017, en adelante: 28%
Etapa Planta Superior:
A contar del 1 de Enero y hasta el 31 de diciembre del Año 2016: 101%
A contar del 1 de Enero del Año 2017, en adelante: 108%
Asignación de permanencia para especialistas médicos
A contar del 1 de Enero y hasta el 31 de diciembre del Año 2016:
44, 33 y 22 horas: 25% / 11 horas: 5%
A contar del 1 de Enero del Año 2017, en adelante:
44, 33 y 22 horas: 40% / 11 horas: 10%
Incentivo al Retiro
1) BENEFICIARIOS Y VIGENCIA:
Profesionales funcionarios de planta o a contrata, regidos por las leyes 15.076 y 19.664, que se desempeñen en
establecimientos de salud de carácter experimental, que entre el 1° de julio de 2014 y el 30 de junio de 2024
hayan cumplido o cumplan 60 años de edad, si son mujeres y 65 si son hombres.
También serán beneficiarios quienes al 30 de junio de 2014 hayan cumplido con las edades indicadas en la letra anterior,
siempre que reúnan los requisitos que se señalan en los puntos siguientes.
2) BENEFICIOS:
a) Bonificación por retiro voluntario: Los profesionales funcionarios indicados en el numeral 1, tendrán derecho a percibir,
por una sola vez, una bonificación por retiro voluntario equivalente a 11 meses de remuneraciones imponibles.
La remuneración que servirá de base para el cálculo de las bonificaciones, será la que resulte del promedio de remuneraciones
mensuales imponibles que le haya correspondido, considerando el total de horas contratadas en los 12 meses inmediatamente anteriores al retiro, actualizadas según el IPC determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas.
b) Bonificación adicional: Asimismo, tendrán derecho a una bonificación adicional, cuyos montos dependerán del total
de horas semanales que desempeñen a la fecha de postulación, según las reglas siguientes:
11 horas semanales: 150 UF.
Más de 11 horas semanales y hasta 22 hora: 400 UF.
Más de 22 horas semanales y hasta 43 horas: 500 UF.
Más de 43 horas: 664 UF.
Para el cálculo de la cantidad de horas se considerará el promedio de horas de los 12 meses inmediatamente anteriores
a la fecha de postulación.
Para efectos del incentivo los cargos a que se refiere el artículo 44 de la ley N° 15.076, se considerarán de 28 horas
semanales.
3) REQUISITOS PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS:
a) Bonificación por retiro voluntario: haberse desempeñado a lo menos 11 años a la fecha de postulación ( ley N°
15.076 y N° 19.664 y establecimientos de carácter experimental)
b) Bonificación adicional: Para profesionales con a lo menos, durante 15 años a fecha de postulación ( ley N° 15.076 y
N° 19.664 y establecimientos de carácter experimental)
4) CUPOS: a) Cupos totales y cupos anuales: Podrán acceder a esta bonificación durante la vigencia del plan hasta un
total de 3.750 beneficiarios, de conformidad con los cupos anuales que se indican a continuación: Año 2016 - 300, Año
2017- 300, Año 2018 - 300, Año 2019 - 400, Año 2020 - 450, Año 2021 - 500, Año 2022 - 500, Año 2023 - 500, Año
2024 - 500, Total= 3.750.