VI . ESCUELA DE VERANO
A . La escuela del verano no es un programa ordenado por el gobierno estatal o federal , y no es obligación de los estudiantes asistir a ella . El Distrito Escolar Independiente No . 11 de Anoka-Hennepin tiene reglas y normas con respecto a otorgar crédito por los cursos que se tomen durante la escuela del verano ; en esencia estas normas establecen que los participantes deben recuperar cada día que falten a la escuela del verano para completar el número mínimo de horas necesarias para obtener crédito por el curso . La ausencia excesiva podría dar lugar a la baja del estudiante de un curso para obtener crédito de la escuela de verano .
B . Los padres y estudiantes deben tener presente que la escuela de verano difiere del año escolar regular en cuanto a que los programas alternativos no se ofrecen para los estudiantes que exhiben problemas de asistencia o conducta . Los estudiantes serán dados de baja de la escuela de verano si transgreden el código de conducta del estudiante .
C . El Distrito Escolar No . 11 de Anoka-Hennepin reconoce su obligación de brindar a los estudiantes los elementos de un debido proceso . El debido proceso es la implementación de procedimientos que , cuando se ponen en práctica , garantizan la protección de igualdad de derechos . Antes de dar de baja a un estudiante de la escuela de verano , se seguirán los componentes correspondientes de un debido proceso .
D . La política de disciplina del Distrito Escolar Anoka-Hennepin también rige para la escuela de verano .
VII . COMUNICACIÓN / DISTRIBUCIÓN DE LA POLÍTICA
A . Publicación : Esta política será publicada y distribuida anualmente a todos los estudiantes a través de uno o más de los métodos siguientes : publicación en el manual del estudiante ; publicación en un boletín del director dirigido a los padres con la petición expresa de que el padre discuta la política con el estudiante ; publicación en formato de panfleto para su distribución ; o publicación a través de un medio de distribución masiva a todos los padres del Distrito Escolar .
B . Complemento a nivel del edificio escolar : El director del edificio escolar puede complementar esta política con reglas y normas para un edificio en particular . Sin embargo , ninguna de esas reglas o normas debe contraponerse a la política de la Junta Escolar .
C . Difusión de la política a los estudiantes : Esta política y las reglas y normas complementarias del edificio se repasarán con los estudiantes en los salones de clases al principio de cada año escolar .
D . Revisión anual : El director y representantes del personal y los estudiantes de cada edificio escolar se reunirán por lo menos una vez cada año para revisar la política de disciplina y evaluar si la política es adecuada y se ha aplicado como se ordena . Cualquier cambio recomendado se enviará al Superintendente para su revisión .
La política puesta en práctica : Agresión física o peleas La agresión física o las peleas se abordan en la sección B , párrafo seis de la política de disciplina del Distrito Escolar Anoka-Hennepin . Las disputas entre estudiantes deben manejarse reportando la disputa a un miembro del personal de la escuela , y siguiendo los procesos de mediación y resolución de conflicto que se encuentran disponibles en su escuela . El Distrito 11 de Anoka-Hennepin está comprometido a crear un clima positivo en todas nuestras escuelas , donde todos los estudiantes se sientan cómodos , seguros y listos para aprender ; por lo cual , la agresión física y las peleas no tienen lugar en nuestras escuelas . La agresión física o las peleas son extremadamente disruptivas para el entorno escolar , por lo que las consecuencias de Anoka-Hennepin por tal comportamiento son muy severas . Se aplicarán las consecuencias siguientes si se ha determinado que el estudiante ha agredido físicamente a otro estudiante o si un estudiante tiene que ser restringido para prevenir que lastime a otro estudiante . La agresión física se definirá como : cualquier contacto físico violento con otro estudiante o grupo de estudiantes independientemente de quién lo inicie , durante el cual un estudiante inflige deliberadamente o intenta infligir daño corporal a otra persona . Las consecuencias se pueden aplicar independientemente de si la infracción tuvo lugar en la escuela , en propiedad del Distrito , en un vehículo del Distrito o en una actividad de la escuela o el Distrito . Las consecuencias se pueden también aplicar a infracciones que ocurran en otros lugares , pero que afecten directamente los programas o actividades escolares . Nota : Cualquier agresión física hacia un miembro del personal resultará en una suspensión inmediata de diez días de duración y una recomendación a la Junta Escolar para una expulsión hasta de un año de duración . Si un miembro del personal es lastimado mientras trata de proteger la seguridad de otros , cualquier estudiante que haya contribuido a esta lesión con sus acciones o por no cumplir con las instrucciones del personal , será suspendido y se hará la recomendación a la Junta Escolar para una expulsión hasta de un año calendario . Grados 6 al 8 ( las infracciones son acumulativas durante los años de escuela intermedia ) Primera infracción : a . posible suspensión , b . conferencia con los padres , c . sesión de orientación para mediación con la escuela o los compañeros , o con una agencia externa , d . Se notificará a los padres y al estudiante que futuras infracciones podrían resultar en una remisión a la Junta Escolar para la expulsión del estudiante hasta por un año calendario , e . remisión a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley .
Segunda infracción : a . cinco a 10 días de suspensión , b . conferencia con los padres , c . sesión de orientación para mediación con la escuela o los compañeros , o con una agencia externa , d . posible remisión a la Junta Escolar para una expulsión condicional , e . remisión a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley .
Infracciones posteriores : a . diez días de suspensión , b . recomendación a la Junta Escolar para una expulsión de hasta un año calendario , c . remisión a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley . Grados 9 al 12 ( infracciones acumulativas durante los años de secundaria ) Un administrador puede usar su discreción para determinar si ha existido una violación de la política de agresión física . Un administrador , con la aprobación de un superintendente asociado , podrá usar su discreción para aplicar las consecuencias más adecuadas cuando se necesiten para proteger la salud y seguridad de todos los estudiantes .
34 Manual escolar 2018-19