Think Now Julio 2020 | Page 42

SIN EXCUSAS PARA CUMPLIR OBLIGACIONES FISCALES El SAT lanzó un minisitio para que las plataformas, así como las personas físicas puedan llevar a cabo el cumplimiento del impuesto digital El mes pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso en vigor el esquema de Plataformas Tecnológicas, para lo cual creó un minisitio en su portal a fin de facilitarles el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Hablemos del esquema primeramente. Este exige que las empresas extranjeras que prestan servicios digitales a usuarios en México, por medio de aplicaciones, estén obligadas al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por sus servicios. De igual forma si estas plataformas, prestan servicios de intermediación se verán obligadas a retener tanto el Impuesto sobre la Renta -ISR- como el IVA a las personas físicas que enajenen bienes, presten servicios u otorguen el uso o goce temporal y enterar estas retenciones al SAT. Para cumplir con estos requerimientos se lanzó el minisitio, el cual está integrado por un apartado especial para las plataformas tecnológicas y otro para las personas físicas con actividades empresariales. Esto bajo consideración para que conozcan sus obligaciones en materia de inscripción y actualización al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emisión de comprobantes fiscales, declaraciones de pago, declaraciones informativas, así como una sección con material de apoyo diverso relacionado con este tema. De acuerdo con el secretario de Hacienda, Arturo Herrera, con estas medidas se podría recaudar hasta 100 mil millones de pesos, dado que los servicios que estas empresas ofrecen oscilan entre un 5 y 6 por ciento del producto interno bruto (PIB); esto es, alrededor de 1.3 billones de pesos. Por último, recordemos que esta iniciativa viene desde 2019, cuando el gobierno de México presentó el Paquete Fiscal 2020 que incluyó modificaciones a la Ley de Ingresos y a la Ley del IVA, incorporando impuestos a los productos digitales. Dichos impuestos no se habían tenido en cuenta en la Ley vigente al 2019, ya que ésta databa de 1970, cuando empresas como Google y Amazon aún no habían nacido. Puedes ingresar al minisitio mediante este vínculo: http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/ Paginas/index.html 41