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iniciación y finalización de la jornada escolar de acuerdo al plan de estudios
que se imparta en el establecimiento.
2. En caso que el alumno concurra al establecimiento ya iniciada la jornada
escolar se computará la falta de puntualidad como llegada tarde, de acuerdo
con la escala de tiempo estipulada en los artículos siguientes.
3. El alumno regular deberá concurrir al establecimiento con no menos de
cinco (5) minutos de antelación a la iniciación de la jornada escolar, debiendo
permanecer en los patios y galerías.
4. El alumno que ingrese con posterioridad al horario de inicio de las
actividades escolares y con un retardo no mayor de quince (15) minutos de
iniciadas las clases se le computará su asistencia consignándose la llegada
tarde como media (1/2) falta.
Excedidos los quince (15) minutos de tolerancia horaria se deberá autorizar
el ingreso del alumno, pero a los efectos del cómputo de la asistencia se
registrará en la documentación escolar correspondiente, como ausente con
presencia en clase.
5. Las inasistencias y las faltas de puntualidad en las que incurra el alumno
regular se deben comunicar en forma fehaciente e inmediata a los
responsables, por medio del Cuaderno de Comunicaciones o Boletín de
Inasistencias. Este cuaderno y/o el boletín firmado por las personas
mencionadas será exigido a los alumnos en el momento de entrada a clase
del día que efectivamente se reintegre.
Art. 40. DE LA PERMANENCIA.
1. El alumno regular una vez que ingresa al establecimiento debe
permanecer en él hasta la finalización completa de la jornada escolar. Bajo
ninguna circunstancia podrá retirarse solo o sin autorización de la unidad
educativa durante la jornada escolar.
2. En caso de que el responsable concurra personalmente al establecimiento
a retirar al alumno durante el desarrollo de la jornada escolar el
Rector/Director podrá autorizar su salida anticipada.
3. En el supuesto mencionado precedentemente el alumno incurrirá en una
(1) falta completa si no ha permanecido durante las cuatro (4) primeras horas
de clase, y media (1/2) falta si su retiro se produce con posterioridad.
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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