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www.buenosaires.gob.ar El/la Secretario/a tiene los siguientes deberes y atribuciones: 1. Conocer el sistema legal y reglamentario vigente, velando por su estricta aplicación y cumplimiento. 2. Custodiar la documentación y los sellos oficiales del establecimiento, siendo responsable directo de ambos. 3. Informar inmediatamente al Director/a, al tomar conocimiento, de toda novedad o anomalía. 4. Notificar al personal de las comunicaciones dictadas por el Superior. 5. Distribuir los horarios del personal a su cargo por turnos, de acuerdo con las necesidades del establecimiento. 6. Refrendar en forma conjunta con el/la Director/a todo documento que con carácter oficial emane del establecimiento. 7. Refrendar los certificados de estudios que expida el establecimiento previa confrontación con las actas o registros originales . 8. Cumplir con las tareas que el/la Director/a le encomiende. 9. Asignar y supervisar las tareas del personal de su dependencia, según corresponda. 10. Colaborar con el/la Director/a en la calificación del personal de su área de competencia. 11. Mantener actualizada la situación de revista del personal. 12. Confeccionar planillas de altas, bajas, descuentos de haberes del personal, elevándolo mensualmente a la dependencia correspondiente. 13. Registrar las asistencias, inasistencias, licencias y justificaciones de todo el personal del establecimiento. 14. Supervisar y prever las necesidades de útiles y materiales para el desarrollo de las tareas del área a su cargo. 15. Asistir a las reuniones de personal. 16. Llevar en legal forma el libro de actas de las reuniones. 17. Realizar los resúmenes y trabajos de estadística que exijan las disposiciones vigentes. 18. Llevar, clasificar, ordenar y custodiar el archivo de la documentación oficial. 19. Dar curso a los trámites que se inicien o se reciban en el establecimiento, registrando en el Libro de Entradas y Salidas de Documentación, con indicación de fecha, toda actuación o trámite que la escuela reciba o emita. 20. Clasificar los documentos que entren a Secretaría subdividiéndolos por rubro e iniciar expediente interno de los actuados que ingresen a la misma cuando así lo reclame la naturaleza del asunto. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  268