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12.3. Hijos del personal docente que se desempeña en el
establecimiento, con un cargo (o más de 15 horas de cátedra) en el
turno para el que su hijo se postula;
En el caso expresado en 12.2, la inscripción se realizará en el turno al que ya
asiste el hermano;
El orden numérico indica también prioridades, de tal modo que si el número
de hermanos excede el número de vacantes disponibles, no podrán ingresar
los que cumplen la condición expresada en 12.3.
En caso de que el número de aspirantes exceda las vacantes disponibles,
éstas se asigna ,: