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20. Proponer aportes al proyecto institucional relacionadas con su tarea
específica o su rol docente.
21. Brindar apoyo a la labor de los otros preceptores cuando las
circunstancias o la Dirección Escolar lo requieran.
22. Elaborar la documentación relacionada con la actuación escolar del
alumno (Boletines de Asistencia y Calificaciones, Registros de Asistencia,
Solicitud de Reincorporaciones y sanciones, Cuaderno de Comunicaciones,
Constancias, etc.) y preparar la documentación a cumplimentar por el
profesor (Libros de Temas, Parte Diario, Nóminas de Alumnos, Libretas de
Calificaciones, etc.).
23. Preparar y elaborar el material necesario para los diferentes periodos de
evaluación
(evaluaciones
complementarias,
previas,
libres,
por
equivalencias, etc.).
24. Colaborar con los profesores durante el período de apoyo y orientación
en lo que ellos requieran, para el buen funcionamiento de este periodo.
25. Colaborar en diferentes tareas respecto a la elaboración del LUA (Legajo
Único del Alumno): ingresar información periódica, realizar consultas y emitir
partes, formularios, actas y listados (según corresponda al estado de avance
de la implementación del LUA en el establecimiento que revista el preceptor).
26. Mantener actualizados, ordenados y prolijos los registros de asistencia y
toda la documentación a su cargo.
27. Iniciar el libro calificador, registrar las asignaturas y volcar las notas
trimestrales cerrando cada periodo con su firma.
Art. 197. DE LAS PROHIBICIONES A LOSPRECEPTORES.
Los/las Preceptores/as tienen las mismas prohibiciones que las enumeradas
para el/la Jefe/a de Preceptores/as.
CAPITULO XI. DEPARTAMENTOS DE ORIENTACIÓN
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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