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www.buenosaires.gob.ar 5. Cumplir con las indicaciones del Profesor responsable directo del dictado de las clases del curso, quien podrá encomendarle actividades vinculadas al desarrollo de clases. 6. Tomar a su cargo el curso en caso de ausencia del profesor, con la autorización del personal directivo, para realizar las tareas señaladas por aquél, si así se hubiera previsto. 7. Atender en forma personal, efectiva y eficiente la consulta de los alumnos en cuanto a la ejercitación de la asignatura, a la preparación de trabajos prácticos y experiencias en laboratorios en base a los lineamientos establecidos por el Profesor a cargo. 8. Auxiliar a los profesores en sus tareas preparando con antelación el material necesario, tanto en el aula como en los gabinetes y laboratorios. 9. Coadyuvar al mantenimiento del orden y de la disciplina en el establecimiento y conservarlo durante el desarrollo de sus clases, bajo su única responsabilidad. 10. Cuidar y mantener en perfecto estado de conservación para su efectiva utilización el material didáctico, aparatos, instrumental y todo otro elemento de gabinetes y laboratorios. 11. Organizar un sistema de contralor, entrega y recepción de aparatos e instrumental cuando el gabinete o laboratorio sea utilizado por varios ayudantes o profesores o por más de un establecimiento. 12. Guardar inmediatamente después de finalizadas las experiencias respectivas, todos los elementos utilizados en las experiencias o clases, a efectos de su perfecta conservación. 13. Clasificar e inventariar el material didáctico correspondiente a los gabinetes y laboratorios, llevando la documentación necesaria. 14. Informar a la Superioridad cuando se lo requiera, sobre la cantidad, característica y calidad de los materiales que se necesitan o de los que se reciben con destino al Depósito. 15. Informar de inmediato y por escrito al directivo a cargo del turno sobre sustracciones, pérdidas, roturas y/o deterioro o inutilización de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  221