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14.
Seleccionar recursos auxiliares, didácticos, bibliográficos,
materiales de gabinetes, laboratorios y talleres, solicitando a las
autoridades la provisión de los mismos.
15.
Producir, en cooperación con los docentes, materiales que
apoyen y enriquezcan el proyecto de aprendizaje, como: guías de
estudio y de lectura, cuadernillos de selección bibliográfica, guías de
experiencias para laboratorios, bancos de datos a usar y organizar con
los alumnos.
16.
Elaborar instrumentos de evaluación adecuados a las disciplinas
y analizar grupalmente los resultados de las evaluaciones para obtener
datos que permitan el ajuste permanente de la tarea docente.
17.
Efectuar las Reuniones del Área respectiva que están
establecidas en la Agenda Educativa y las que fueren necesarias para
un más acabado funcionamiento de su equipo de trabajo y toda vez
que sean requeridas por los integrantes del Área o Departamento.
Dichas reuniones se ajustarán a las siguientes pautas :
Convocará las reuniones de Área o Departamento, en las fechas
establecidas por la Agenda Educativa, de manera pública y fehaciente:
1. Se determinará en la primera reunión la frecuencia y periodicidad
de las mismas.
2. Se realizarán no menos de dos (2) en cada cuatrimestre, una al
comenzar y otra al finalizar.
3. Se evaluará y/o reajustará la planificación pedagógica.
4. Se informará sobre la marcha de los proyectos y acciones
planificadas.
5. Se labrará el acta correspondiente, que visará el/la
Rector/a/Director/a
ó el/la Vicerrector/a/Vicedirector/a, según
corresponda.
18.
Participar sistemáticamente en el seguimiento y ajuste de Proyecos
Pedagógicos con el Departamento de Orientación y con las otras
instancias
que el establecimiento dispusiera a tales fines.
Art. 183. DE LOS PROFESORES.
Los/las Profesores/as, tendrán las siguientes atribuciones y deberes:
1. Ser la autoridad máxima de la clase a su cargo durante las horas de
labor, salvo en el caso de visitas de Supervisores o de personal
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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