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21.
Habilitar las actas volantes de exámenes.
22.
Preparar las listas de los alumnos inscriptos para rendir
examen, clasificados separadamente por año de estudios,
asignaturas de cada año y número de permiso de examen. Estas
listas serán entregadas a los respectivos presidentes de las
comisiones examinadoras.
23.
Registrar en el Libro Matriz los datos personales y las
calificaciones de alumnos.
24.
Llevar los legajos de todo el personal del establecimiento
25.
Extender justificaciones de asistencia a docentes para otros
establecimientos
26.
Llevar el Libro de Planillas individual anual de asistencia
diaria del personal.
27.
Confeccionar y custodiar los siguientes libros y
documentación:
Registro General de Calificaciones o Libro
Matriz; Registros Anuales de calificaciones o Libro Calificador;
Libros de Actas de Exámenes; Actas Volantes; Planillas de
calificaciones parciales de cada término; Libro de Supervisión;
Libro de Disposiciones Internas del Rectorado; Legajos de
alumnos; Registro de Alumnos Libres; Legajos del personal;
Registro de Asistencia individual del personal así como de las
licencias solicitadas; Registro de solicitudes de justificaciones de
inasistencias; Planillas de altas, bajas, descuentos; Planillas de
liquidación de haberes del personal; Archivo de propuestas de
cargos no aceptados correspondientes al orden de méritos para
interinatos y suplencias. Libro Índice de la documentación
archivada.
Art.
178.
OBLIGACIONES
PROSECRETARIA.
DEL/LA
PROSECRETARIO/
En los establecimientos que cuenten con Prosecretario/a, éste/a
actuará como auxiliar del Secretario, a quien reemplazará en caso de
licencia, renuncia, ausencia, etc.
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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