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www.buenosaires.gob.ar 26.1. Registro Anual de calificaciones (Libro Calificador) 26.2. Registro y Boletín de Asistencia de Alumnos 26.3. Registro de sanciones disciplinarias 26.4. Libro de Asistencia del Personal de su turno 26.5. Libro de Temas de Clases 26.6. Registro de Pedidos Anticipados de preparación de Clases prácticas. 26.7. Boletín o libreta de calificaciones de alumnos Art. 173. PROHIBICIONES DEL/LA VICERRECTOR/A, VICEDIRECTOR/A. Al/la Vicerrector/a / Vicedirector/a se le aplican las mismas prohibiciones que al Rector/a /Director/a. Art. 174. OBLIGACIONES DEL/LA REGENTE. El/la Regente/a tiene las siguientes Obligaciones y atribuciones: 1. Como superior jerárquico de la Preceptoría, orientar y supervisar sus actividades. 2. Evaluar el desarrollo de las actividades docentes y administrativas a su cargo. 3. Colaborar con el/la Vicerrector/a Vicedirector/a en la confección de los horarios de clases, gabinetes, laboratorios y plantas; en las reuniones de profesores y de conceptos, y en las actividades relacionadas con los exámenes. 4. Cuidar el orden, la disciplina, el normal desarrollo de la enseñanza velando que los profesores y demás personal de su dependencia cumplan con sus obligaciones. 5. Asistir frecuentemente a las clases, observando lecciones teóricas y prácticas, la disciplina y el orden del aula y laboratorios, fiscalizando el desarrollo de los programas, dando en cada caso las indicaciones conducentes a la obtención de mejores resultados. De cada una de estas visitas dejará constancia, visando el libro de temas de la división emitiendo conceptos fundados, de los que notificará al interesado. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  203