www.buenosaires.gob.ar
26.1. Registro Anual de calificaciones (Libro Calificador)
26.2. Registro y Boletín de Asistencia de Alumnos
26.3. Registro de sanciones disciplinarias
26.4. Libro de Asistencia del Personal de su turno
26.5. Libro de Temas de Clases
26.6. Registro de Pedidos Anticipados de preparación de Clases
prácticas.
26.7.
Boletín
o
libreta
de calificaciones
de
alumnos
Art. 173. PROHIBICIONES DEL/LA VICERRECTOR/A, VICEDIRECTOR/A.
Al/la Vicerrector/a / Vicedirector/a se le aplican las mismas prohibiciones que
al Rector/a /Director/a.
Art. 174. OBLIGACIONES DEL/LA REGENTE.
El/la Regente/a tiene las siguientes Obligaciones y atribuciones:
1. Como superior jerárquico de la Preceptoría, orientar y supervisar sus
actividades.
2. Evaluar el desarrollo de las actividades docentes y administrativas a su
cargo.
3. Colaborar con el/la Vicerrector/a Vicedirector/a en la confección de los
horarios de clases, gabinetes, laboratorios y plantas; en las reuniones
de profesores y de conceptos, y en las actividades relacionadas con los
exámenes.
4. Cuidar el orden, la disciplina, el normal desarrollo de la enseñanza
velando que los profesores y demás personal de su dependencia
cumplan con sus obligaciones.
5. Asistir frecuentemente a las clases, observando lecciones teóricas y
prácticas, la disciplina y el orden del aula y laboratorios, fiscalizando el
desarrollo de los programas, dando en cada caso las indicaciones
conducentes a la obtención de mejores resultados. De cada una de
estas visitas dejará constancia, visando el libro de temas de la división
emitiendo conceptos fundados, de los que notificará al interesado.
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
203