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www.buenosaires.gob.ar 47.1. Autorizar con su firma, todos los planos de trabajo que se efectúen en el establecimiento, y considerar los presupuestos definitivos formulados para las distintas “Órdenes de Trabajo” sin cuya aprobación no podrán tener principio de ejecución. 47.2. Prohibir que miembros del personal del establecimiento y/o alumnos, retiren máquinas, instrumentos, herramientas, muebles, útiles u otros elementos, salvo que lo sea a efectos de su reparación o para actividades educacionales de la escuela. 47.3. Promover reuniones y/o experiencias directas con los alumnos pertenecientes al ciclo superior sobre temas técnicos, industriales, económicos, sociales u otros que sirvan de orientación y capacitación para su futuro desempeño laboral y profesional. De dichas actividades se deberá dejar constancia escrita. 47.4. Difundir y promover las especialidades y actividades que se imparten en la escuela en la zona y/o radio de influencia de la misma – establecimientos u organismos industriales, profesionales, etc.- y en los establecimientos de educación primaria con fines de orientación vocacional. Art. 171. PROHIBICIONES DEL/LA RECTOR/A, DIRECTOR/A. Se prohíbe a los Rectores/Directores. 1. Modificar las fechas establecidas por el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la iniciación y/o finalización del ciclo lectivo y de los términos en que este se divida. 2. Habilitar cursos, divisiones o especialidades sin previa autorización escrita de la Superioridad. 3. Extender certificados analíticos o títulos que no se ajusten a los requisitos establecidos o carezcan de constancia formal de que las respectivas asignaturas fueron reglamentariamente aprobadas. 4. Disponer la matriculación de los alumnos que no reúnan los requisitos reglamentarios. 5. Introducir modificaciones en la estructura edilicia del establecimiento. 6. Disponer por sí, cambios en la situación de revista del personal, ya sea respecto del turno, asignatura y/o función en que hayan sido designados. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  200