www.buenosaires.gob.ar
7.2. Módulo 12 horas
7.3. Módulo 9 horas
7.4. Módulo 6 horas
8. Maestro Ayudante de Enseñanza Práctica (escuelas Técnicas
"transferidas"): desempeña 24 horas de clase semanales.
9. Ayudante Técnico de Trabajos Prácticos (escuelas Técnicas
"transferidas"): desempeña 24 horas de clase semanales en un
turno.
10.
Ayudante de Laboratorio (escuelas de "origen municipal"):
desempeña un cargo conformado por hora cátedra según su
carga horaria a saber:
10.1. Módulo 15 horas
10.2. Módulo 10 horas
11.
Bibliotecario: desempeña un turno completo.
Art. 166. DE LAS AUSENCIAS.
La ausencia injustificada a una hora de clase (una obligación) se
considerará una inasistencia, la que será descontada en forma proporcional
a las horas de clases/obligaciones que debió dictar en el mes.
Art. 167. DE LAS AUSENCIAS A REUNIONES GENERALES DE
PERSONAL.
La ausencia del profesor a cada Reunión General de Personal, establecida
en la Agenda Educativa, es considerada como inasistencia a una hora
cátedra y la integración de Comisiones Examinadoras o de Evaluación como
dos
(2)
horas
cátedra.
CAPITULO VII - DE LOS CARGOS NO ESCALAFONADOS
Art. 168. DE LA CARGA HORARIA .
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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