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www.buenosaires.gob.ar 2.2. El nombre de las asignaturas será el fijado en el plan de estudios y se transcribirán en el orden allí establecido. 2.3. La escritura se hará con letra tipo imprenta o bien mediante uso de sello/s. 2.4. No deberán incluirse asignaturas extra y/o co-programáticas. 2.5. Se podrá usar “comillas” sólo en los datos referidos a: nombre del establecimiento y condición del alumno. 2.6. 2.7. ello. Todos los espacios sin utilizar deben ser anulados con una línea. La persona que confeccione el folio, firmará en el lugar previsto para 3. Asiento de las Calificaciones 1. Se registrará en números y letras únicamente la calificación definitiva que implique la aprobación de la asignatura. 2. Si finalizado el turno de evaluación complementaria de febrero/marzo quedaran asignaturas sin aprobar, en el espacio respectivo se consignará, indefectiblemente, la palabra “ADEUDA”. Cuando se apruebe la asignatura, se registrará la nota y fecha en la columna “REPITE”. 3. En el caso de materias aprobadas ante Comisión de Evaluación, en la columna “Acta Nº” deberá consignarse el número de libro y folio del Libro de Actas de Exámenes. 4. Se completará la columna de “Calificación Definitiva” una vez que estuvieren aprobadas todas las asignaturas, y se registrará al pie del curso, en Observaciones “CURSO COMPLETO”, y el promedio general de calificaciones de dicho curso. 5. En caso de repetir curso se transcribirán las calificaciones de las asignaturas aprobadas en la nueva cursada en la columna “REPITE” del mismo curso. En los demás Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  171