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www.buenosaires.gob.ar Los/las de Preceptores/as tendrán las siguientes atribuciones y deberes: 1. Conocer y cumplir el sistema legal y reglamentario vigente, en particular el sistema de convivencia. 2. Mantener informados a los alumnos sobre las normas vigentes y el alcance de las mismas. 3. Asegurar el cuidado de los alumnos y el respeto por su integridad física y psíquica procurando la integración grupal. 4. Interesarse por los aspectos que hacen a sus necesidades y orientarlos para facilitarles la búsqueda de soluciones a las mismas. 5. Promover en ellos el sentido de responsabilidad, compañerismo, solidaridad, integración y respeto por las normas. 6. Conocer, respetar y difundir las disposiciones de los Órganos del Centro en materia de convivencia. 7. Concurrir al establecimiento 10 minutos antes de la iniciación de las clases y firmar el libro respectivo, encontrándose en sus funciones a la hora de inicio. 8. Comunicar de inmediato al Jefe/a de Preceptores todo acto que altere dichas normas y recibir los informes de los Profesores que soliciten medidas conforme a las mismas. 9. Mantener actualizada la información al Jefe/a de Preceptores sobre la situación de alumnos que estén próximos a perder su condición de regulares o hayan acumulado el máximo de inasistencias para notificar a sus responsables. 10. Comunicar a las autoridades, en forma inmediata, la ausencia de un Profesor. 11. Permanecer con los alumnos a su cargo y entregar la clase al Profesor respectivo o atenderlos en caso de ausencia de éste. 12. Estar presente en los patios durante los recreos o cambios de horas de clase. 13. Entregar a las mesas examinadoras toda la documentación necesaria para el desarrollo del acto. 14. Mantener actualizada y ordenada la información de los Registros u otra documentación a su cargo. 15. Comunicar toda información y/o notificación a los responsables de los alumnos, verificando su devolución debidamente notificada. 16. Completar el parte diario del aula, curso, comisión a su cargo e informar a la autoridad del turno, diez (10) minutos después de la hora de entrada, la nómina de alumnos que inasistieron. 17. Entregar a los profesores las planillas de calificaciones con la debida antelación y confección. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  166