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10.14.Planificación de cada sub área o Asignatura
10.15.Toda documentación originada, emanada o recibida por el CFP
Art. 135. OBLIGACIONES DE EL/LA PROFESOR/PROFESORA DE
CFP.
Los Profesores/as tendrán las siguientes atribuciones y deberes:
1. Implementar las acciones educativas correspondientes a la Asignatura
o Sub área a su cargo, previstas en la Planificación Institucional
Participativa del CFP, para lo cual deberán elaborar la correspondiente
planificación anual.
2. Ser la autoridad máxima de la clase a su cargo durante las horas de
labor.
3. Asentar diariamente en el libro de temas de la división, el tema a
desarrollar en la forma en que establecen las reglamentaciones
vigentes.
4. Llevar diariamente, en forma clara y prolija, el registro de asistencia de
alumnos que cursen su asignatura; realizar al concluir el mes los
resúmenes correspondientes, salvando cada enmienda o raspadura y
notificando fehacientemente al alumno/a de las inasistencias en la que
ha incurrido
5. Participar en el diseño o implementación de las Jornadas Inter Áreas.
6. Integrar las mesas examinadoras para los que fueran designados.
7. Asistir a las reuniones de personal.
8. Cumplir con las obligaciones y actividades que emanen de la autoridad
educativa.
9. Concurrir al establecimiento 10 minutos antes de la iniciación de las
clases y fir-mar el libro respectivo, encontrándose en sus funciones a la
hora de inicio.
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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