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Art. 86.
SECCIÓN.
OBLIGACIONES
DEL/LA
MAESTRO/MAESTRA
DE
El/la Maestro/a de Sección tiene las siguientes obligaciones y atribuciones:
1. Colaborar con las tareas de inscripción de acuerdo a lo decidido por la
conducción del establecimiento.
2. Concurrir diez minutos antes de la iniciación de las clases, salvo
cuando cumpla turno escolar, en que deberá hacerlo con veinte
minutos de anticipación.
3. Elaborar en función de equipo, el plan educativo anual institucional, el
plan de trabajo que deba desarrollar y los materiales necesarios a ese
efecto, con arreglo a las normas pedagógicas y las pautas
determinadas por la política impuestas por la autoridad escolar.
4. Llevar correctamente los registros administrativos de la sección.
5. Articular su tarea con los/las maestros/maestras de materias
complementarias con el objeto de lograr una buena integración del
proceso educativo.
6. Atender la conducta y disciplina del grupo a su cargo en todo momento
de la actividad diaria.
7. Fomentar hábitos para el cuidado de la salud y la construcción de
normas y valores socialmente válidos.
8. Velar por el aseo y conservación de los bienes muebles, inmuebles y
útiles escolares.
9. Planificar con aprobación del/la Director/Directora reuniones periódicas
con los responsables de los/las alumnos/alumnas para fomentar la
interacción familia-escuela, labrando el acta correspondiente.
10.
Comunicar las inasistencias del/la alumno/alumna a los
responsables, a través del cuaderno de comunicaciones, requiriendo
su justificación cuando correspondiere.
11.
Considerar e incorporar en su práctica el asesoramiento dado por
la Dirección en todos los aspectos educativos realizando también sus
aportes.
12.
Concurrir a las reuniones del personal y conferencias
pedagógicas para las que fuera citado por la dirección del
establecimiento. (realizadas en su horario escolar. Si no es facultativo
del docente aceptarlo o no)
13.
Concurrir a los actos que establezca la Agenda Educativa. En
caso de superposición horaria con actos en otros establecimientos
dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, asistir dando
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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