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www.buenosaires.gob.ar Art. 86. SECCIÓN. OBLIGACIONES DEL/LA MAESTRO/MAESTRA DE El/la Maestro/a de Sección tiene las siguientes obligaciones y atribuciones: 1. Colaborar con las tareas de inscripción de acuerdo a lo decidido por la conducción del establecimiento. 2. Concurrir diez minutos antes de la iniciación de las clases, salvo cuando cumpla turno escolar, en que deberá hacerlo con veinte minutos de anticipación. 3. Elaborar en función de equipo, el plan educativo anual institucional, el plan de trabajo que deba desarrollar y los materiales necesarios a ese efecto, con arreglo a las normas pedagógicas y las pautas determinadas por la política impuestas por la autoridad escolar. 4. Llevar correctamente los registros administrativos de la sección. 5. Articular su tarea con los/las maestros/maestras de materias complementarias con el objeto de lograr una buena integración del proceso educativo. 6. Atender la conducta y disciplina del grupo a su cargo en todo momento de la actividad diaria. 7. Fomentar hábitos para el cuidado de la salud y la construcción de normas y valores socialmente válidos. 8. Velar por el aseo y conservación de los bienes muebles, inmuebles y útiles escolares. 9. Planificar con aprobación del/la Director/Directora reuniones periódicas con los responsables de los/las alumnos/alumnas para fomentar la interacción familia-escuela, labrando el acta correspondiente. 10. Comunicar las inasistencias del/la alumno/alumna a los responsables, a través del cuaderno de comunicaciones, requiriendo su justificación cuando correspondiere. 11. Considerar e incorporar en su práctica el asesoramiento dado por la Dirección en todos los aspectos educativos realizando también sus aportes. 12. Concurrir a las reuniones del personal y conferencias pedagógicas para las que fuera citado por la dirección del establecimiento. (realizadas en su horario escolar. Si no es facultativo del docente aceptarlo o no) 13. Concurrir a los actos que establezca la Agenda Educativa. En caso de superposición horaria con actos en otros establecimientos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, asistir dando Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  101