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16.
Controlar el cumplimiento de las obligaciones del concesionario
del servicio de comedor.
17.
Garantizar la continuidad del servicio educativo, tomando a su
cargo las secciones que le delegue el/la Director/Directora.
Art. 85. OBLIGACIONES DEL/LA MAESTRO SECRETARIO/ MAESTRA
SECRETARIA.
Al/la Maestro Secretario/ Maestra Secretaria le corresponde:
1. Concurrir al establecimiento veinte minutos antes de la iniciación de las
clases.
2. Promover con anuencia del/la Director/Directora reuniones de
información administrativa.
3. Controlar las asistencias del personal y de los alumnos y revisar los
registros
de
los
grados/secciones
para
comunicar
al/la
Director/Directora o al/la Vicedirector/Vicedirectora, según corresponda,
los errores, omisiones o fallas observadas.
4. Redactar y confeccionar las notas que por orden de la dirección deba
producir el establecimiento, suscribiéndolas según la práctica.
5. Efectuar los asientos en los libros y registros de su competencia.
6. Participar de las reuniones de personal y conferencias pedagógicas,
labrando las actas respectivas.
7. Atender la Biblioteca en ausencia del/la Bibliotecario/Bibliotecaria o
del/la Maestro/Maestra Auxiliar a cargo de esta tarea.
8. Participar en las restantes tareas administrativas.
9. Quedar a cargo del establecimiento en ausencia del/la
Director/Directora y/o del/la Vicedirector/Vicedirectora.
10.
Colaborar con la Dirección de la escuela y los/las
Maestros/Maestras de sección en la confección de los horarios.
11.
Apoyar la tarea técnico-pedagógica de los/las maestros/maestras.
12.
Organizar la utilización del material didáctico, cuidando su
distribución y reintegro.
13.
Compartir el momento de comedor .
14.
Garantizar la continuidad del servicio educativo, tomando a su
cargo las secciones que le delegue el/la Director/Directora.
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