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www.buenosaires.gob.ar 16. Controlar el cumplimiento de las obligaciones del concesionario del servicio de comedor. 17. Garantizar la continuidad del servicio educativo, tomando a su cargo las secciones que le delegue el/la Director/Directora. Art. 85. OBLIGACIONES DEL/LA MAESTRO SECRETARIO/ MAESTRA SECRETARIA. Al/la Maestro Secretario/ Maestra Secretaria le corresponde: 1. Concurrir al establecimiento veinte minutos antes de la iniciación de las clases. 2. Promover con anuencia del/la Director/Directora reuniones de información administrativa. 3. Controlar las asistencias del personal y de los alumnos y revisar los registros de los grados/secciones para comunicar al/la Director/Directora o al/la Vicedirector/Vicedirectora, según corresponda, los errores, omisiones o fallas observadas. 4. Redactar y confeccionar las notas que por orden de la dirección deba producir el establecimiento, suscribiéndolas según la práctica. 5. Efectuar los asientos en los libros y registros de su competencia. 6. Participar de las reuniones de personal y conferencias pedagógicas, labrando las actas respectivas. 7. Atender la Biblioteca en ausencia del/la Bibliotecario/Bibliotecaria o del/la Maestro/Maestra Auxiliar a cargo de esta tarea. 8. Participar en las restantes tareas administrativas. 9. Quedar a cargo del establecimiento en ausencia del/la Director/Directora y/o del/la Vicedirector/Vicedirectora. 10. Colaborar con la Dirección de la escuela y los/las Maestros/Maestras de sección en la confección de los horarios. 11. Apoyar la tarea técnico-pedagógica de los/las maestros/maestras. 12. Organizar la utilización del material didáctico, cuidando su distribución y reintegro. 13. Compartir el momento de comedor . 14. Garantizar la continuidad del servicio educativo, tomando a su cargo las secciones que le delegue el/la Director/Directora. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  100