5.5.3.12 Muros divisorios a restaurar
NOTA: Ver Ord. No 36.332 B.M. 16.436 AD 640.48
Los paramentos de muros divisorios que quedasen expuestos a la vista después de una demolición, deberán
ser tratados para liberarlos de cualquier rastro del edificio o estructura demolida, pintándolos o revistiéndolos
por lo menos hasta la altura dada por la linea horizontal trazada a un metro por encima del punto más elevado
adosada al muro divisorio. Si no se diera cumplimiento a lo dispuesto dentro del termino de 3 meses de
completada una demolición, se procederá en los mismos términos previstos en el articulo 5.8.3.5 "Reparación
de muros divisorios ejecución compulsiva por la Municipalidad "
Se exceptúan de la exigencia del citado plazo, los casos de demoliciones que se Ileven a cabo para construir
obra nueva o remodelar la existente, pudiendo postergarse el tratamiento de los muros divisorios hasta el
memento de ejecutarse dichas obras, siempre que las mismas comiencen dentro de los ciento ochenta días de
concluida la demolición.
5.6 DE LOS CIMIENTOS
5.6.1.1 GENERALIDADES SOBRE CIMIENTOS
5.6.1.0 Distribución de las cargas en cimientos
La carga que actúa sobre el cimiento debe ser absorbida de modo que se transmita al terreno sin rebasar las
tensiones máximas permitidas. Además se adoptarán las precauciones que fuesen necesarias para evitar que
los asientos Ileguen a causar daños a la obra y a estructuras linderas y/o cercanas durante o después de la
construcción.
5.6.1.2 Bases con tensiones diferentes de trabajo.
La Dirección exigirá que el cálculo de la cimentación sea presentado con distintas tensiones de trabajo en
diferentes bases de un mismo proyecto cuando, a su juicio, dicha variación sea necesaria para asegurar la
estabilidad de la obra.
5.6.1.3 Preservación de bases contra corrientes de agua freática
Toda base debe aislarse convenientemente de modo que no sea perjudicada por las corrientes de agua
freática o subterránea.
5.6.1.4 Ensayos de suelos para cimentar
En los casos de ensayos de suelos para cimentar se procederá conforme a lo establecido en "Ensayo de
suelos por la Municipalidad - Compilación de datos"
5.6.1.5 Cimientos de muros divisorios
Cuando el tipo de cimiento elegido para un muro divisorio no sea de albañilería corrida, su proyecto será
sometido a consideración de la Dirección, la que decidirá sobre su aprobación.
5.6.1.6 Cimientos bajo aberturas
No es obligatorio construir el cimiento de un muro coincidente con aberturas de luz igual o mayor que 3,00 m.
5.6.2.0 PROFUNDIDAD Y PERFIL DE CIMIENTOS
5.6.2.1 Profundidad mínima de cimientos
Las profundidades mínimas de cimientos son:
a) Muro interior que no sea de sostén: 0,30 m medidos desde el suelo próximo más bajo.
Tabique de espesor no mayor que 0,10m, puede apoyarse directamente sobre el contrapiso;
b) Muro interior del sostén, muro de fachada secundaria y bases interiores de estructura: 0,80 m medidos
desde el plano superior del solado próximo terminado m