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5.5.3.12 Muros divisorios a restaurar NOTA: Ver Ord. No 36.332 B.M. 16.436 AD 640.48 Los paramentos de muros divisorios que quedasen expuestos a la vista después de una demolición, deberán ser tratados para liberarlos de cualquier rastro del edificio o estructura demolida, pintándolos o revistiéndolos por lo menos hasta la altura dada por la linea horizontal trazada a un metro por encima del punto más elevado adosada al muro divisorio. Si no se diera cumplimiento a lo dispuesto dentro del termino de 3 meses de completada una demolición, se procederá en los mismos términos previstos en el articulo 5.8.3.5 "Reparación de muros divisorios ejecución compulsiva por la Municipalidad " Se exceptúan de la exigencia del citado plazo, los casos de demoliciones que se Ileven a cabo para construir obra nueva o remodelar la existente, pudiendo postergarse el tratamiento de los muros divisorios hasta el memento de ejecutarse dichas obras, siempre que las mismas comiencen dentro de los ciento ochenta días de concluida la demolición. 5.6 DE LOS CIMIENTOS 5.6.1.1 GENERALIDADES SOBRE CIMIENTOS 5.6.1.0 Distribución de las cargas en cimientos La carga que actúa sobre el cimiento debe ser absorbida de modo que se transmita al terreno sin rebasar las tensiones máximas permitidas. Además se adoptarán las precauciones que fuesen necesarias para evitar que los asientos Ileguen a causar daños a la obra y a estructuras linderas y/o cercanas durante o después de la construcción. 5.6.1.2 Bases con tensiones diferentes de trabajo. La Dirección exigirá que el cálculo de la cimentación sea presentado con distintas tensiones de trabajo en diferentes bases de un mismo proyecto cuando, a su juicio, dicha variación sea necesaria para asegurar la estabilidad de la obra. 5.6.1.3 Preservación de bases contra corrientes de agua freática Toda base debe aislarse convenientemente de modo que no sea perjudicada por las corrientes de agua freática o subterránea. 5.6.1.4 Ensayos de suelos para cimentar En los casos de ensayos de suelos para cimentar se procederá conforme a lo establecido en "Ensayo de suelos por la Municipalidad - Compilación de datos" 5.6.1.5 Cimientos de muros divisorios Cuando el tipo de cimiento elegido para un muro divisorio no sea de albañilería corrida, su proyecto será sometido a consideración de la Dirección, la que decidirá sobre su aprobación. 5.6.1.6 Cimientos bajo aberturas No es obligatorio construir el cimiento de un muro coincidente con aberturas de luz igual o mayor que 3,00 m. 5.6.2.0 PROFUNDIDAD Y PERFIL DE CIMIENTOS 5.6.2.1 Profundidad mínima de cimientos Las profundidades mínimas de cimientos son: a) Muro interior que no sea de sostén: 0,30 m medidos desde el suelo próximo más bajo. Tabique de espesor no mayor que 0,10m, puede apoyarse directamente sobre el contrapiso; b) Muro interior del sostén, muro de fachada secundaria y bases interiores de estructura: 0,80 m medidos desde el plano superior del solado próximo terminado m