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tresbolillo con una distancia al centro de los relieves de 0,06 ± 0,005 m y color contrastante con respecto al de los solados contiguos, para prevención de ciegos y disminuidos visualesLos predios que contengan en su interior construcciones o depósitos de materiales con aspecto antiestético la Dirección puede ordenar la ejecución de una cerca de albañilería u hormigón, a fin de impedir la vista desde un punto situado a 1,60 m sobre el cordón de la acera opuesta. Artículo 7 - Modifícase el Artículo 4.3.3.1. "Pendiente de las aceras" del Código, de la Edificación, cuyo texto queda redactado como sigue: 4.3.3.1. Pendiente de las aceras La pendiente longitudinal de la vereda en su conjunto, deberá acompañar la pendiente del pavimento de la calzada en forma continua cuando dicha pendiente no exceda el 4 % ó 1/25. En los casos de veredas con mucha pendiente longitudinal, los empalmes necesarios, desde la vereda al interior de los edificios, deberán ser realizados dentro de los predios privados La pendiente será para: - Aceras de losetas u hormigón en sentido transversal 1,00 % a 2,00 % - Entradas de vehículos en dirección del movimiento hasta 8,33 % ó 1/12 - Planos de transición o enlace hasta 8,33 % ó 1/12 Estas pendientes podrán ser modificadas en mas o en menos un 1/5 de los valores indicados . Cuando la pendiente de la acera exceda el 4% ó 1/25 se deberán intercalar escalones de altura mínima igual que 0,10 m y máxima igual que 0,150 , y una pedada hor