d) Armadura y ejecución del apoyo exterior:
Se tendrán en cuenta los incisos d) y a) de "Losas con armadura principal en una dirección" (Ver parag.
8.6.1.2).
Las armaduras en ambas direcciones se calculan con la altura útil que efectivamente le corresponda la
separación de las barras de la armadura más fatigada, en la zona de los momentos máximos no será mayor
que 1,5 d y no pasará de 15 cm. En el otro sentido la separación de las barras no excederá de 15 cm.
Además, en las zonas de las losas adyacentes a los apoyos y de un ancho que no exceda de 1/4 de la luz
menor, la armadura se podrá disminuir en un 50%.
La penetración de la losa en muros de mampostería será igual al espesor de la losa en el centro y no inferior a
10 cm
8.6.1.4 Losas nervuradas
a) Concepto de losa nervurada:
Se consideran como losas nervuradas aquellas que tengan nervios a una distancia libre máxima de 70 cm
pudiendo contener como relleno piezas de cerámica o de otros materiales para obtener una superficie lisa. No
deben tomarse en cuenta estas piezas para el cálculo de las fatigas;
b) Luz de cálculo y altura total mínima:
Para la luz de cálculo, ver inciso a) de "Losas con armadura principal en una dirección" (Ver parag. 8.6.1.2).
Para la altura útil mínima ver inciso b) de "Losas con armadura principal en una dirección".
Para losas con nervios con armadura cruzada, ver inciso a) "Losas con armadura cruzada"(Ver parag.
8.6.1.3):
c) Espesor mínimo de la zona de compresión:
El espesor de la losa de compresión será no menor que 1/10 de la luz libre entre los nervios y no será inferior
a 5 cm.
Deben colocarse en la losa de compresión no menos que 4 barras de 6 mm de diámetro por metro lineal de
ancho, perpendiculares a los nervios.
Para losas de edificios residenciales y públicos, deben colocarse en la zona de compresión no menos que 2
barras de 6 mm de diámetro por metro lineal de ancho, perpendiculares a los nervios cuando la separación de
esto no exceda de 50 cm medidos entre ejes.
La Dirección puede exigir cálculo justificativo de esta armadura cuando así lo juzgue conveniente. En caso de
utilizarse barras de menor diámetro se procederá como se establece en el inciso c) de "Losas con armadura
principal en una dirección" (Ver parag. 8.6.1.2).
Cuando la Dirección lo exija, y cuando existan cargas concentradas o aisladas se debe comprobar la
resistencia de la losa de compresión;
d) Nervios:
El ancho de los nervios no será menor que 5 cm.
Deben colocarse estribos en los nervios con un mínimo de 4 barras de 6 mm de diámetro por metro lineal.
En las losas de edificios residenciales y públicos, cuando la separación de los nervios exceda de 50 cm
medidos entre ejes, la separación de los estribos de 6 mm de diámetro puede efectuarse de tal modo que,
atados a las barras de distribución que exige el inciso c) queden ligados, uno por medio, formando damero
diagonal.
En las losas continuas en correspondencia con los momentos negativos deben suprimirse las piezas de
relleno.
Para las barras dobladas de losas nervuradas continuas vale el inciso d) de "Losas con armadura principal en
una dirección" (Ver parag. 8.6.1.2) lo mismo que en el caso de utilizarse barras de menor diámetro;
e) Nervios transversales:
En las losas nervuradas con armadura principal en una sola dirección deben ejecutarse nervios transversales
de la misma sección y la misma armadura como los nervios principales, a razón de un nervio transversal para
las luces de apoyo de 4,00 m a 6,00 m y dos nervios transversales para luces mayores que 6,00 m.
Empleando piezas de relleno de cerámica u otros materiales de resistencia similar no son necesarios estos
nervios transversales.
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