desmanteladas dentro del plazo que para tal efecto fije la Dirección.Las estructuras deberán ser metálicas o de
hormigón armado debiendo cumplirse con lo establecido en "De los reglamentos técnicos" (Ver Sección 8).
7.8.1.2 Graderías
La madera utilizada para graderías será de la denominada "dura".
El espesor de cada tablón será el que resulte de su cálculo de resistencia debiendo tener un mínimo de 0,05
m.
Cada tablón constituirá un solo elemento. Sus extremos necesariamente deberán apoyar en la estructura
metálica. La separación entre dos tablones consecutivos no podrá ser mayor de 0,01 m; caso de tablones
apareados, su separación no excederá de 0,05 m.
En correspondencia con el apoyo del tablón y la estructura deberá existir una conexión de dos bulones o
pernos roscados.
7.8.1.3 Graderías sobre terreno natural
Las graderías sobre terreno natural en desmonte o terraplén deberán hallarse protegidas por trabajos de
albañilería o por obras que eviten desmoronamientos.
7.8.1.4 Dimensiones de la grada
La grada tendrá un alto máximo de 0,35 m y una profundidad entre 0,35 m de mínimo y 0,70 m de máximo.
La altura de estas gradas será salvada por una escalera de tramos rectos respondiendo a lo establecido en
"Escaleras principales - sus características" y "Pasamanos en las escaleras exigidas" (Ver parag. 4.5.3.4 y
4.7.7.2).
7.8.1.5 Protecciones hacia vacíos
Las partes superiores de las tribunas estarán protegidas por parapetos resistentes sin aberturas,
suficientemente consolidadas con el resto de la estructura, de una altura mínima de dos (2) m.
En las partes de las graderías sin asiento, coincidentes con vacíos, habrá un parapeto resistente de un metro
con cuarenta centímetros (1,40 m) de alto como mínimo. Esta altura se computará perpendicularmente desde al
punto medio de la pedada de cada grada.
En las graderías con asiento, los parapetos inferiores tendrán una altura mínima de un metro (1 m) y los
restantes un metro con cuarenta centímetros (1,40 m).
7.8.1.6 Barandas de protección
Cuando existan más de veinte (20) gradas superpuestas, deberá existir una baranda sin aristas vivas, de
suficiente solidez, fijada a la estructura de la tribuna y que obligadamente quiebren la corriente de evacuación.
Queda prohibido el empleo de madera y elementos combustibles para la construcción de estas barandas.
Su largo máximo será de cinco (5) m y estarán separadas entre ellas por una distancia no menor de 2,50 m.
Su altura mínima será de 1,10 m.
7.8.1.7 Sectorización de tribunas
Las tribunas deberán ser divididas con elementos de suficiente solidez de tres (3) m de altura, en sectores
con salidas independientes hacia las aberturas o pasos generales. Cada paso general debe tener salida
independiente directa al exterior de las tribunas.
La capacidad de cada sector no podrá ser superior a diez mil (10.000) espectadores.
No podrá existir comunicación entre los sectores, a excepción de aquellas circulaciones necesarias para ser
utilizadas en caso de emergencia.
7.8.1.8 Capacidad
La capacidad se determinará por el número de localidades comprendidas dentro del recinto, especificando la
cantidad por sectores con asiento o de pie: a tal efecto se establece:
a) La capacidad de las graderías sin asientos, se determinará a razón de 0,50 m lineales por persona en cada
grada;
b) La capacidad en las Graderías con asientos estará dada por el número de éstos, asignándose a cada uno
un mínimo de 0,50 m;
C) La capacidad de los palcos estará dada por el número de asientos contenidos en ellos, no pudiendo ser
menor de 0,50 m2 por asiento.
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