b) Ventilación
Ventilación por medios mecánicos según articulo 4.6.6.1”Ventilación por medios mecánicos” del C.E. con las
renovaciones de aire que fija la Dirección General de control y Policía Ambiental.
C) Iluminación
La iluminación se ajustará a lo que determina este Código para locales de 3ra clase pudiendo ser artificial.
d) Altura
La altura será la que corresponda a locales de 3ra clase regulada por el articulo 4.6.2.2 “Alturas mínimas de
locales y distancias mínimas entre solados” del C.E.
e) Medios de egreso
Cumplirá con lo establecido en Ias secciones 4.7.3.0 “Situación de los medios exigidos de salida” y 4.7.6.0
“Medios de egreso en lugares de espectáculos públicos” del C.E., tomando para su determinación el número de
personas que resulten de aplicar un factor de ocupación x=3.
- Escaleras: Cumplirán lo establecido en el capitulo 4.7.7.0 ”Escaleras exigidas de salidas”
- Acceso para discapacitados:
Contará con acceso para discapacitados de acuerda con lo previsto en el articulo 22 de la Ley No 22.431
(B.O. del 20/3/81 AD 440.21.
Cualquiera sea la posición de las personas en el salón de juegos se cumplirán las disposiciones relativas a
“Ancho de corredores y pasillos en lugares de espectáculos públicos” Articulo 4.7.6.2 y de ser de aplicación lo
establecido en el articulo 4.7.6.3. “Filas de asientos en lugares de espectáculos públicos" y articulo 4.7.6.4
..Asientos de este Código.
f) Sanitarios
Los servicios sanitarios se determinaran según lo establecido en el articulo 7.2.6.1 "Características
constructivas de los comercios donde se sirven o expenden comidas” Inc. C) de este Código.
Contará además con servicios sanitarios para discapacitados s/ ley 22.431, Inc. c) Item 1.
g) Sobrecargas
Las sobrecargas a considerar en el cálculo estructural responderán a las exigencias contenidas en la Sección
8.1.3 "Sobrecargas” cargas accidentales o útiles.
7.4.2.2 Instalaciones complementarias
a) Cocina
Si los establecimientos prestaran un servicio de bar y/o cafetería contarán con un local cocina" que deberá
cumplir con el articulo 7.2.6.1"Características constructivas de los comercios que elaboran productos
alimenticios de venta inmediata" Inc. B) cuadro de elaboración de este Código.
b) Guardarropa personal