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Los materiales y tipos de remates motivos o perfilados serán aprobados por la Dirección. 5.11 DE LA EJECUCION DE LAS INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS 5.11.1.0 INSTALACIONES DE SALUBRIDAD 5.11.1.1 Tanques de bombeo y reserva de agua a) Generalidades: Un tanque de bombeo o de reserva de agua tendrá fácil y cómodo acceso hasta las bocas de registro y de inspección por medio de dispositivos asegurados en forma permanente y queda prohibido amurar al tanque, debajo del espejo de agua, escaleras o grapas de cualquier naturaleza. En correspondencia con las bocas de registro y de inspección, el tanque contará con plataforma de maniobra que permita disponer de una superficie de apoyo firme y suficientemente amplia para que operarios o inspectores puedan efectuar arreglos, limpieza, revisiones, sin riesgo ni peligro; b) Tanques de bombeo: Un tanque de bombeo para la provisión de agua a un edificio se instalará separado no menos que 0,65 m. libres de un eje divisorio y tendrá una aislación exterior hidrófuga y acústica adecuada a juicio de la Dirección, cuando este adosado a cualquier otro muro; la presión estática del agua de la red general de la ciudad, medida en la válvula de entrada al tanque de bombeo no será menor que 0,25 Kg/cm2 c) Tanques de reserva de agua: Un tanque de reserva de agua debe mantener una distancia mínima de 0,60m. del eje divisorio entre predios. El plano inferior del tanque o de sus vigas de sostén distará no menos que 0,60 m. del nivel de piso terminado de la azotea o plataforma sobre la que éste se emplace. d) Tanques de agua destinada para beber: Un tanque que contenga agua para beber o fabricar sustancias o productos para la alimentación, puede construirse en hierro, hormigón armado o cualquier otro material que conforme las exigencias de lo establecido en DE LAS INSIALACIONES SANITARIAS" de este Código. Los paramentos interiores del tanque garantizaran una impermeabilidad absoluto, no deben disgregarse con el agua, no alteraran su calidad y no le comunicarán sabores ni olores. El tanque será completamente cerrado, tendrá bocas de acceso a inspección, a cierre hermético y estará provisto de tubos de expansión abiertos a la atmósfera; e) Tanques de agua no destinada para la alimentación: Un tanque que contenga agua que no se use para beber ni fabricar sustancias o productos para la alimentación se ejecutara como se indica en al Inciso a) en cuanto a los materiales de construcción e impermeabilidad de los paramentos internos, quedando eximidos de satisfacer los demás requisitos, salvo los impuestos en `DE LAS INSTALACIONES SANITARIAS" de este Código. (texto según art. 7* Ley 160, B.O.C.B.A. No 668 del 8/4/99) 5.11.1.2 Desagües pluviales Cualquier edificio y su terreno circundante será convenientemente preparado para permitir el escurrimiento de las aguas hacia la vía pública o redes. Las aguas pluviales provenientes de techos, azoteas o terrazas serán conducidas de modo que no caigan sobre la vía publica o predios linderos. Las aguas recogidas por voladizos sobre la vía pública contaran con desagües cuando la extensión de libre escur