Test Drive | Page 48

bióticos productores (vegetales y bacterias quimicosintéticas), bióticosconsumidores (herbivoros y carnivoros) y facotores abióticos(agua, oxigeno, sustancias orgánicas etc.). Suele definirse a la sociedad como la agrupación libre y voluntaria de los individuos, quienes se relacionan entre sí con objeto de lograr un fin común. El concepto de sociedad implica, pues, una coordinación de esfuerzos a la que accede libremente. Esto es lo que distingue a la sociedad de las masas. Una comunidad es el conjunto de personas que se establecen en un espacio geográfico determinado y comparten lengua, costumbres e historia, así como las normas que rigen su comportamiento. Los elementos que la constituyen son: Territorio, Población o factor demográfico, Los grupos sociales, La tradición cultural heredada de los antepasados, Los intereses y problemas en común. RELACIONES DE UNOS ORGANISMOS CON OTROS. Cada grupo fincará cohesión, las normas que lo rigen y las características de sus miembros de acuerdo con la meta u objetivo que se propongan. Así mismo, la finalidad de un grupo puede diversificarse en una variedad de tareas que exigirán de parte de sus integrantes una similar diversidad de facultades, dependiendo de la función que les toque desempeñar dentro del grupo. Cuanto mayor sea el número de funciones que un individuo pueda realizar dentro de uno o varios grupos sociales, mayor será su capacidad de integración y adaptación social. TIPOS DE RELACIONES POSITIVAS Y NEGATIVAS. RELACIONES POSITIVAS: La Legislación sobre el control de la contaminación ambiental. Leyes tendientes a la protección de la salud humana ante los riesgos y daños dependientes de las condiciones del ambiente. Art.117. La formulación y conducción de la política de saneamiento ambiental corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, en coordinación con la Secretaría de Salubridad y Asistencia, en lo referente a la salud Humana. 1. Determinar los valores de concentración máxima permisible para el ser humano de contaminantes en el ambiente. 11. Emitir las normas técnicas a que deberá sujetarse e tratamiento del agua para uso y consumo humano, 48