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continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en el que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. ESTABLECIMIENTO.- Se considera establecimiento permanente cualquier lugar de negocios donde se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes. EVALUACION DE RIESGOS LABORALES.- Es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario este en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad, y en tal caso sobre el tipo de medidas preventivas a adoptar. EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO.- Por voluntad de las partes o por las causas que se hubieren previsto en el contrato que en ningún caso puede suponer un abuso de derecho manifiesto por parte del empresario. FUERZA MAYOR.- Acontecimiento que no ha podido preverse o que previsto no ha podido evitarse. algunos casos, o a sus familiares en otros, en calidad de reparación económica por un daño sufrido, ya sea en su persona o en su actividad INSPECCION.-(Del lat. inspectio, -onis). // Acción y efecto de inspeccionar. // f. Cargo y cuidado de velar por algo. // Casa, despacho u oficina del inspector. //Der. Examen que hace el juez por sí mismo, y en ocasiones con asistencia de los interesados y de peritos o testigos, de un lugar o de una cosa, para hacer constar en acta o diligencia los resultados de sus observaciones INSPECCION DE TRABAJO.-La Inspección de Trabajo, es un servicio público a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, que tiene como objeto velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y convencionales en materia laboral, de promoción y formación para el trabajo, y de seguridad y salud en el trabajo, con la finalidad de prevenir o solucionar los conflictos o riesgos laborales entre trabajadores y empleadores. JORNADA DE LABORAL.-Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. JORNADA DE TRABAJO.-Tiempo durante el cual dura el trabajo sin que pueda exceder de los máximos legales. HABILIDAD.- Capacidad y disposición para una cosa. Disposición Personal para proceder con facilidad o apto en alguna tarea o actividad. INCAPACIDAD.- La incapacidad es la disminución o pérdida de la aptitud para el trabajo, como consecuencia de una alteración anatómica o funcional del cuerpo humano. INDEMINIZACION.- La obligación patronal de otorgar un pago extraordinario al trabajador, en JUBILACIÓN.- Proceso por el cual se pone fin a la vida laboral activa de una persona. Implica un cambio global de la situación vital (individual, social, económica y legal) de la persona que se retira de la vida laboral. La transición del trabajo a la jubilación implica el inicio de una nueva etapa vital, con diferencias respeto a lo anterior en lo personal y colectivo. En lo personal implica un cambio de sus hábitos diarios, de su nivel de vida. En lo social supone una pérdida de su estatus de trabajador activo económica y socialmente. Todo cambio requiere de ajuste y adaptación y por eso es importante la preparación de quienes deben experimentarlo. Aunque la