continuada de una causa que tenga su origen
o motivo en el trabajo, o en el medio en el que
el trabajador se vea obligado a prestar sus
servicios.
ESTABLECIMIENTO.-
Se
considera
establecimiento permanente cualquier lugar de
negocios donde se desarrollen, parcial o
totalmente, actividades empresariales o se
presten servicios personales independientes.
EVALUACION DE RIESGOS LABORALES.-
Es el proceso dirigido a estimar la magnitud de
aquellos riesgos que no hayan podido evitarse,
obteniendo la información necesaria para que
el empresario este en condiciones de tomar
una decisión apropiada sobre la necesidad, y
en tal caso sobre el tipo de medidas
preventivas a adoptar.
EXTINCION
DEL
CONTRATO
DE
TRABAJO.- Por voluntad de las partes o por
las causas que se hubieren previsto en el
contrato que en ningún caso puede suponer un
abuso de derecho manifiesto por parte del
empresario.
FUERZA MAYOR.- Acontecimiento que no ha
podido preverse o que previsto no ha podido
evitarse.
algunos casos, o a sus familiares en otros, en
calidad de reparación económica por un daño
sufrido, ya sea en su persona o en su actividad
INSPECCION.-(Del lat. inspectio, -onis). //
Acción y efecto de inspeccionar. // f.
Cargo y cuidado de velar por algo. // Casa,
despacho u oficina del inspector.
//Der. Examen que hace el juez por sí mismo, y
en ocasiones con asistencia de los interesados
y de peritos o testigos, de un lugar o de una
cosa, para hacer constar en acta o diligencia
los resultados de sus observaciones
INSPECCION DE TRABAJO.-La Inspección
de Trabajo, es un servicio público a cargo del
Ministerio de Trabajo y Promoción Social, que
tiene como objeto velar por el cumplimiento de
las disposiciones legales y convencionales en
materia laboral, de promoción y formación para
el trabajo, y de seguridad y salud en el trabajo,
con la finalidad de prevenir o solucionar los
conflictos
o
riesgos
laborales
entre
trabajadores y empleadores.
JORNADA DE LABORAL.-Jornada de trabajo
es el tiempo durante el cual el trabajador está
a disposición del patrón para prestar su
trabajo.
JORNADA DE TRABAJO.-Tiempo durante el
cual dura el trabajo sin que pueda exceder de
los máximos legales.
HABILIDAD.- Capacidad y disposición para
una cosa. Disposición Personal para proceder
con facilidad o apto en alguna tarea o
actividad.
INCAPACIDAD.- La incapacidad es la
disminución o pérdida de la aptitud para el
trabajo, como consecuencia de una alteración
anatómica o funcional del cuerpo humano.
INDEMINIZACION.- La obligación patronal de
otorgar un pago extraordinario al trabajador, en
JUBILACIÓN.- Proceso por el cual se pone fin
a la vida laboral activa de una persona. Implica
un cambio
global de la situación vital
(individual, social, económica y legal) de la
persona que se retira de la vida laboral. La
transición del trabajo a la jubilación implica el
inicio de una nueva etapa vital, con diferencias
respeto a lo anterior en lo personal y colectivo.
En lo personal implica un cambio de sus
hábitos diarios, de su nivel de vida. En lo social
supone una pérdida de su estatus de
trabajador activo económica y socialmente.
Todo cambio requiere de ajuste y adaptación
y por eso es importante la preparación de
quienes deben experimentarlo. Aunque la