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{votaciones unánimes}
POR: VALENTINA RODRÍGUEZ - CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
Hoy en la Corte Internacional de Justicia, se llevó el protagonismo la Subsección 3., Artículo 27 el
cual habla de la votación por parte de los jueces de la Corte respecto de la admisibilidad de la
evidencia presentada por los representantes: El primer asunto que se someterá a deliberación y
votación por parte de la Corte, fue decidir qué evidencia presentada por las partes debe
considerarse como prueba en el proceso. Conforme a esto; la primera evidencia, era el testimonio
de la canciller la cual representaba el ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, ésta tuvo
un difícil acogimiento por parte de los magistrados, por ende la evidencia número uno no pasó. La
segunda evidencia, la cual era representada por el militar si pasó. Y por último la evidencia
número tres la cual eran el grupo de fotos recuperadas por la DEA, las cuales fueron finalmente
aceptadas. Terminada la votación sobre la admisibilidad de las pruebas la Corte procedió a hacer
la valoración únicamente de la evidencia admitida (evidencia número dos y número tres). A través
de las diferentes mociones y modalidades de debate los miembros de la Corte determinaron el
contenido y alcance de la evidencia admitida.
Respecto a la deliberación de la decisión, con la Presidencia y moderación de los Jueces Supremos
Designados por la Corte, los jueces intervinieron en exposiciones tendientes a resolver los puntos
Que expongan los abogados representantes o que proponga la mesa. El resultado de esta
deliberación fue que se evidenció una clara culpa del estado colombiano con respecto a los hechos
cometidos en contra y por omisión para con el Estado de los Estados Unidos y se reconoció la falta
del Estado Colombiano frente a la muerte de los militares.