Te moneo periculum adesse. Te aviso de que existe un peligro.
Te moneo ne hoc facias.
Te aconsejo que no hagas esto.
Censere:
con infinitivo, pensar, creer;
con subjuntivo, decidir, decretar.
Senatus rempublicam salvam esse censuit.
El Senado creyó que la República estaba sana y salva.
Senatus censuit ut Caesar in Gallos bellum inferret.
El Senado decidió que César llevase la guerra contra los galos.
E1 uso correcto del diccionario os enseñará en cada caso la construcción y la traducción
correctas.
Oraciones adjetivas o de relativo
1 Concepto
La oración adjetiva o de relativo se refiere siempre a un nombre o pronombre de
la oración principal, llamado antecedente, al que especifica o explica. Se introduce por
medio de:
a) El pronombre relativo qui, quae, quod
Vir, quem heri vidimus, bonus est.
El hombre que vimos ayer es bueno.
b) Los relativos indefinidos quisquis, cualquiera que; quicumque, cualquiera que,
quienquiera que; qualis, cual; quantus, cuan grande; quot, cuantos:
Di tibi dent quaecumque optes.
(Que) los dioses te concedan cualesquiera cosas que desees.
c) Los adverbios relativos de lugar: ubi, donde; unde, de donde; quo, a donde; qua, por
donde etc.
Agri, ubi hodie est haec urbs, patris mei fuerunt.
Los campos, donde hoy está esta ciudad, fueron de mi padre.
Estos adverbios relativos de lugar se pueden sustituir por pronombres relativos.
El ejemplo anterior podría ser también así:
Agri, in quibus hodie est haec urbs, patris mei fuerunt.
Las oraciones de relativo pueden, además, sustantivarse o adverbializarse.
Equivalen a una oración sustantiva cuando se sobrentiende el antecedente:
Qui fugiunt ignavi sunt.
Los que huyen son cobardes.