• El docente en el aula
• La Comisión de evaluación y promoción
• El Rector del Establecimiento
• El Consejo Directivo
Las instancias antes mencionadas tienen un máximo de cinco días
hábiles para resolver y dar respuesta a las reclamaciones por escrito con
los debidos soportes.
Artículo 23: Mecanismos de participación de la comunidad
educativa en la construcción del sistema institucional de
evaluación.
El presente Sistema Institucional de evaluación, es consultado
previamente con representantes de los profesores, padres de familia y
estudiantes, por medio de reuniones, asambleas generales y/o correo
electrónico, y se recibieron las sugerencias por los mismos medios,
quedando organizado tal como se aprueba en este ACUERDO.
Previo a lo anterior se hizo conocer la propuesta a los miembros del
Consejo Directivo y del Consejo Académico en reuniones directas
de socialización. El Consejo Académico fue el encargado de hacer
el análisis de la propuesta divulgarla y recibir las sugerencias de las
instancias mencionadas anteriormente.
Por último, se efectúa una reunión entre el Consejo Directivo y el Consejo
Académico de la Institución, en la que estuvieron los representantes
de las Directivas, profesores, padres de familia, alumnos, ex alumnos y
representante de los gremios económicos, para aprobar el Sistema que
tendrá vigencia en el año lectivo correspondiente.
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
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