SIEE PEREZ PALLARES 2016 | Page 13

La promoción gradual puede ser: anticipada, normal o posterior, dependiendo del momento en que se presente con respecto al año lectivo. Las comisiones de evaluación y promoción recomendarán a la rectoría, la promoción anticipada de grado a grado de los alumnos que en cualquier época del primer semestre del año lectivo en curso demuestren persistentemente un desempeño superior en la adquisición de los logros de desempeño, y reúnan condiciones excepcionales de desarrollo cognitivo, actitudinal y procedimental, entre otros. Los docentes titulares de los grados en el caso de la básica primaria, y los de las respectivas áreas en la básica secundaria y media, (excepto el grado 11º que se debe cursar completo), aconsejará a las comisiones la promoción de grado de manera anticipada, de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente. Si las comisiones encuentran mérito para atender la solicitud hecha por los profesores al director de curso, se elabora un Acta para el Rector debidamente sustentada, con el fin de que éste produzca la Resolución Rectoral que legalice dicha situación, previa consulta que hará éste con el tutor y alumno que se promueve en forma anticipada. Se expiden las evaluaciones finales de cada área, en el momento de producirse la promoción anticipada, y copia de la Resolución reposará en el libro de calificaciones, además de entregarla al alumno promovido. Artículo 7°: Designación de un Segundo Evaluador. Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminación religiosa, política, familiar, de raza, represalia u otra, un docente repruebe en la evaluación de fin de año a un estudiante, la comisión de evaluación y promoción podrá recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área del plantel, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES 13